DERECHO
Artículo 58
Uno de los puntos importantes y que más me llamó la atención por su real importancia, es el Estado como orientador del país. Se concibe un Estado puramenteorientado del desarrollo económico del país. Lejos, muy lejos en verdad, del modelo consagrado en la Constitución de 1979 en el que –a decir de Kresalja- se le entregaron al Estado “facultades muysignificativas para intervenir en la marcha económica, lo que por cierto desdibujaba, hasta hacerlo difícil de identificar, a un sistema de economía de mercado”. Aquí, por lo demás, se han centrado muchascríticas al modelo constitucional vigente que han sido expresadas por Domingo García Belaunde y Pedro Planas, Manuel Moreyra Loredo y Enrique Bernales.
Efectivamente, la segunda parte del artículo 58de la Constitución expresa la reconcepción del papel del Estado en la economía. La Constitución vigente se distancia ostentiblemente del modelo consagrado en la Constitución de 1979 –en la que elEstado era concebido como un promotor del desarrollo económico (artículo 110), así como capaz de declarar la reserva de determinadas actividades productivas y de servicio a favor del Estado (artículo114)-. La nueva Constitución concibe a un Estado minimalista en lo económico, exclusivamente “orientador” del desarrollo del país, que concentra su función “promotora” en seis áreas determinadas: empleo,educación, salud, seguridad, servicios públicos e infraestructura.
En tal sentido, el vigente modelo constitucional establece un papel subsidiario al Estado en la economía, propendiendo a incentivarla inversión privada y la activa funcionalidad del mercado, enmarcada en parámetros de un Estado social de Derecho. La Carta de 1993 ha optado por un modelo económico liberal, en el que la intervencióndel Estado se expresa estimulando, promoviendo la libre competencia y orientando el desarrollo del país en áreas sustantivas para el funcionamiento de los servicios esenciales.
Advirtiendo que el...
Regístrate para leer el documento completo.