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Páginas: 8 (1834 palabras) Publicado: 3 de septiembre de 2012
P. 110.957- “Axat, Julián s/ recurso extraordinario
de inaplicabilidad de ley e inconstitucionalidad
en causa N° 14.486. Cámara de Apelación y Garantías
en lo Penal –Sala I- La Plata”.

/// PLATA, 05 de mayo de 2010.

AUTOS Y VISTOS:
La presente causa P. 110.957, caratulada: “Axat, Julián s/ recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley e inconstitucionalidad en causa N°14.486. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal –Sala I- La Plata”.
Y CONSIDERANDO:
1.- Esta Suprema Corte de Justicia, merced al decisorio dictado el día 2 de diciembre de 2009, concedió el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley incoado por el señor Defensor Oficial a cargo de la Defensoría N° 16 del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, y revocó la decisión de laSala Primera de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial La Plata, ordenando se dicte un nuevo fallo de conformidad a lo estipulado en el considerando 6. del mentado resolutorio.
2.- La Sala en cuestión del Tribunal de Alzada platense, el día 18 de marzo de 2010 –por mayoría- hizo lugar al recurso interpuesto por el señor Ministro de Seguridad de laProvincia de Buenos Aires, doctor Carlos Ernesto Stornelli, con el patrocinio letrado del señor Fiscal de Estado de la Provincia de Buenos Aires y, en consecuencia, revocó la sentencia dictada por el señor Juez titular del Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 departamental, doctor Luis Federico Arias.
Para así decidir, en lo sustancial, el doctor Soria señaló “... que la víaintentada no resulta habilitante para resolver lo peticionado pues más allá de no desconocerse la naturaleza de los intereses que se pretender proteger, el caso sometido a tratamiento no resulta un supuesto concreto, cierto e inminente sino por el contrario meramente conjetural...” y que “... siguiendo el lineamiento fijado por el Superior se admite el pedido en cuanto tal, mas luego de examinar sumérito –con arreglo al orden legal- se advierte la falta de andamiento para su procedencia y por lo tanto se debe resolver su rechazo tal como lo peticiona en ese sentido el impugnante...” (fs. 180 vta.).
A lo expuesto añadió “...coincidimos con el recurrente que de haber existido alguna afectación concreta, el accionante debió realizar las peticiones del caso para hacer cesar algunailegalidad que se pudiere suscitar con el mismo. Y al no concurrir en el caso de autos las exigencias particulares para que proceda la acción intentada atento la inexistencia de un caso concreto que en modo cierto, no conjetural o presuntivo, amenace o restrinja a la libertad de persona o personas determinadas corresponde a mi juicio hacer lugar al recurso interpuesto y revocar la sentencia...” (fs.180 vta./181 “ab initio”).
Ese sufragio recibió la adhesión plena en el voto del doctor Dalto (fs. 181) lo que determinó la mayoría de opiniones que exige el art. 168 de la Constitución provincial. Las restantes consideraciones que efectúa el juez de segundo voto (fs. 181, párr. segundo/ 185 vta., primer párr.) deben considerarse una opinión personal del mentado magistrado.3.- Contra ese pronunciamiento dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y de inconstitucionalidad el doctor Julián Axat Della Croce, en su calidad de Defensor Oficial al cargo de la Unidad Funcional de Defensa N° 16 de La Plata (fs. 224/260).
En cuanto al recurso de inaplicabilidad de ley postuló que su admisibilidad se vincula con la necesidad de que exista “...undoble conforme legal –constitucional..” (fs. 225). En lo que hace a la admisión del de inconstitucionalidad señaló que la cuestión debatida se refiere a la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 19, 24 y 128 del Decreto Ley N° 8031/73 y el art. 15 de la Ley 13.482 y al rechazo de la vía de la acción autónoma que este Tribunal decidiera en la causa B. 69.933, res. del 18-XI-2008....
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