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Cuando se dicta la prisión provisional, el imputado o acusado de un delito es obligado aingresar en prisión, durante la investigación criminal, hasta la celebración del juicio.
Articulo 259. Prisión Preventiva. Se podrá ordenar la prisión preventiva, después de oír al sindicado, cuandomedie información sobre la existencia de un hecho punible y motivos racionales suficientes para creer que el sindicado lo ha cometido o participado en él. La libertad no debe restringirse sino en loslimites absolutamente indispensables para asegurar la presencia del imputado en la proceso.
Artículo 320. (Reformado por el artículo 22 del Decreto Número 32-96 del Congreso de la República). Autode procesamiento
Inmediatamente de dictado el auto de prisión o una medida sustitutiva, el juez que controla la investigación, con base en el requerimiento del fiscal, emitirá auto de procesamientocontra la persona a que se refiere.
Sólo podrá dictarse auto de procesamiento después de que sea indagada la persona contra quien se emita. Podrá ser reformable de oficio o a instancia de partesolamente en la fase preparatoria, antes de la acusación, garantizando el derecho de audiencia”.
La Corte de Constitucionalidad mediante Expediente sin número del 11 de marzo de 1997, publicado el 20de marzo de 1997, resolvió con lugar la inconstitucionalidad del artículo anterior en la frase que dice: “con base en el requerimiento del fiscal”.
Artículo 321. (Requisitos). El auto deprocesamiento deberá contener:
1) Nombres y apellidos completos del imputado, su nombre usual en su caso, o cualquier otro dato que sirva para identificarlo.
2) Una sucinta enunciación del hecho o...
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