Documentos
de la calificación y resguardo de los exámenes por un período de un año. Parala calificación de
los exámenes escritos y otros medios de evaluación que sean utilizados, el Coordinador de Área
o de Curso, conjuntamente con los profesores titulares,deberán elaborar una guía de
calificación, en la que se especifiquen las respuestas correctas, así como los parámetros para
calificar las pruebas de composición, pruebas deejecución y resolución de problemas.
Artículo 24. Calificación de los seminarios. La escala de calificación de los seminarios es de
cero (0) a cien (100) puntos; no seintegra zona y la nota mínima de aprobación es de sesenta y
un (61) puntos de cien (100). Las direcciones de escuela están facultadas para elaborar y aplicar
losnormativos que regulen su planificación y ejecución. Para los seminarios no hay exámenes de
recuperación.
Artículo 49. Cambios en las calificaciones consignadas en las preactasde exámenes. En
el caso de solicitarse cambios en las calificaciones consignadas en las preactas de fin de curso,
de exámenes de recuperación, de seminarios o deprácticas estudiantiles, el Profesor Titular
con el visto bueno del Coordinador de Área o Curso, o en su defecto del Director de Escuela o
Jefe de Departamento de Área Común, puederequerir el cambio al Jefe de la Unidad de Control
Académico.
El Jefe de la Unidad de Control Académico no podrá realizar el cambio solicitado, sin la
autorización delSecretario Académico de la Facultad. Estos cambios deben operarse en un
período no mayor de treinta (30) días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud.
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