ECONOMIA

Páginas: 37 (9081 palabras) Publicado: 6 de abril de 2014
Cómo funciona la figura en el Derecho Civil argentino
Tomando como eje direccional al Dr. Félix A. Trigo Represas (en la obra ya individualizada), podemos decir que el inciso primero del art. 515 del C.C. ha sido derogado por la Ley 17.711 ya que, entre sus disposiciones, como ejemplo incluía como obligaciones naturales a las contraídas por mujer casada sin autorización de su cónyuge, situaciónque ha sido superada por la mencionada enmienda, la novísima doctrina y la más actual jurisprudencia.-
2) Obligaciones prescriptas
Está controvertido desde qué momento es natural la obligación prescripta. Para una tendencia que fue mayoritaria, ello ocurre recién después de la sentencia firme que admite la defensa de prescripción; siendo ésta la opinión de Vélez Sársfield en su nota al artículo515, cuando dice: "Hay obligaciones que han comenzado por ser obligaciones
civiles, pero contra el ejercicio de ellas el deudor ha adquirido una sentencia que las declara inadmisibles, porque están prescriptas".
Aunque para otra corriente jurisprudencial, seguida por una doctrina más reciente -Alterini-Ameal-López Cabana, Borda, Llambías y Moisset de Espanés-, la obligación es natural desde elmomento en que se ha cumplido el plazo de la prescripción.
3) Actos que no cumplimentaron formas solemnes
El inciso 3o se refiere a obligaciones nacidas de actos jurídicos, "a los cuales faltan las solemnidades que la ley exige para que produzcan efectos civiles", o sea que se refiere a las formas requeridas ad solemnitatem y cuya falta acarrea la nulidad del acto de que se trate (arts. 976,1044 y concs.). Nulidad absoluta que no es menester que sea invocada por el interesado y que puede ser pronunciada de oficio por el juez, no siendo tampoco susceptible de confirmación (art. 1047).
4) Obligaciones no reconocidas enjuicio
Cuando en un proceso se ha llegado a la sentencia firme, cesa toda posibilidad procesal de discusión al respecto, pero si la cosa juzgada es un medio indispensablede seguridad jurídica, nunca se ha pretendido que sea igualmente una garantía de infalibilidad. Por lo que, si el deudor que obtuvo una sentencia definitiva que lo libera de su obligación y le asegura una posición jurídica inconmovible, quiere pagar,
la ley decide legitimar los efectos de tal pago, considerándolo como el acatamiento a un vínculo natural. Y el solo hecho de que el obligado pagueuna deuda de la que había sido liberado por pronunciamiento judicial, permite suponer que concurre alguno de los supuestos previstos en la norma, sin que sea necesario demostrar que la misma no fue reconocida enjuicio "por falta de prueba" o que el juicio se perdió "por error o malicia del juez".
5) Obligaciones sin acción por razones de utilidad social
En esta parte de la norma debenconsiderarse incluidos los supuestos de: promesa aceptada de hacer un empréstito gratuito de consumo (art. 2244), o de uso (art. 2256).
6) Deudas de juego
A estas deudas de juego, alude a título de ejemplo, el último inciso de este artículo, existiendo doctrina pacífica en el sentido de que no se trata aquí de los juegos lícitos, o sea los comprendidos en el artículo 2055 del Código Civil, que generanobligaciones civiles y, por lo tanto, exigibles coercitivamente, aunque con la salvedad de que el juez está facultado para moderar el monto de la deuda, atendiendo alestado de
fortuna del obligado (art. 2056).
Para un importante sector doctrinario, este inciso sería aplicable a las obligaciones derivadas de juegos prohibidos. En tanto que para otros autores se alude como "obligaciones naturales"sólo a las resultantes de juegos tolerados o no prohibidos, que no están reprimidos ni penal ni civilmente, pero que tampoco cuentan con la plena protección de la ley, desde que carecen de acción para exigir su cumplimiento y no tienen otro efecto civil que la solutio retentio (arts. 515, inc. 5o, y 2065), dentro de los cuales cabe ubicar a juegos que son socialmente inútiles, pero que por no...
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