El Contrato Colectivo Del Sector Público En Su Sección Segunda
1.- Normativas aplicables: todas las negociaciones de las convenciones colectivas de trabajo en el ámbito de laadministración pública nacional, institutos autónomos, fundaciones, asociaciones y empresas del estado, se someterán a este régimen.
2.- Lineamientos técnicos y financieros para la negociación: el presidente dela república bolivariana de Venezuela en concejo de ministros, establecerán los criterios técnicos y financieros necesarios, para que los diferentes representantes en las negociaciones colectivas delpoder público nacional sigan dichos lineamientos, en cuanto se refiera a negociaciones colectivas de los poderes públicos estatales o municipales serán responsables los gobernadores o alcaldes segúnsea el caso.
3.- estudio económico comparativo e informe preceptivo: si el proyecto de convención colectiva del trabajo es de la administración pública nacional esta se debe tramitar por lainspectoría nacional, en cuanto a los proyectos de convención colectiva de trabajo de la administración estatal o municipal se tramitara por la inspectoría bajo su jurisdicción. Una vez admitido el proyecto elinspector del trabajo envía copia a la entidad correspondiente, solicitando la remisión del estudio económico comparativo. Ya recibido el estudio económico la inspectoría del trabajo lo remitiría alministerio del poder popular con competencia en materia de planificación y finanzas a fin de que emita un informe preceptivo que indique los lineamientos a seguir en la negociación de la convencióncolectiva. En los casos de los entes de la administración pública estatal o municipal, el estudio económico comparativo es enviado a la unidad administrativa responsable para la emisión del informe...
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