el derecho en roma
1. Alcance del concepto motivos imperiosos de seguridad pública:
El alcance de dicho concepto, en base al Art. 27.2 del Capítulo VI “Limitaciones del derecho de entrada y del derecho deresidencia por razones de orden público, seguridad pública o salud pública”, establece los principios generales de dicho concepto. Determina, que las medidas que un estado adopte en base a este concepto debede respetar el principio de proporcionalidad, teniendo en cuenta únicamente la conducta del ciudadano afectado, que dicha conducta fuese una amenaza real, presente y considerablemente grave que afectea un interés general de la sociedad, sin que pudieran constituir justificación por sí solas las condenas penales anteriores que dicho individuo tuviera, o cualquier otra justificación que no tuvierarelación directa y concreta con el caso.
2. ¿Qué requisitos específicos se requieren en este caso para que proceda la expulsión conforme a la Directiva 2004/38/CE?
En este caso en concreto elrequisito que se requiere para poder proceder a la expulsión es que el objeto por el que es condenado el individuo afectado estuviera incluido y/o considerado como una amenaza directa a la tranquilidad yla seguridad física de la población en su conjunto o de gran parte de la misma. El concpto de “motivos imperiosos de seguridad pública” solo puede justificarse, como expongo en la primera cuestión, enuna amenaza real, presente y considerablemente grave que afecte a un interés general de la sociedad.
3. ¿Qué garantías y derechos ofrece la Directiva a los ciudadanos que puedan ser objeto deexpulsión de un Estado miembro, antes de la expulsión, durante y a posteriori?
Las protecciones que brinda la Directiva se concentran dentro del Artículo 28, que establece que previamente a que unEstado tome la decisión de expulsión por razones de orden público o seguridad pública debe tener en cuenta:
La duración de la residencia del interesado en el territorio de dicho Estado miembro, su...
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