El Secuestro En Materia Civil
El objeto primordial del secuestro judicial es evitar que el bien sobre el cual las partes mantienen un litigio, cambie su estado a voluntad de una delas partes y no permita, por tanto, hacer efectivo el derecho que se reconozca o ampare al final del procedimiento. En este sentido es una medida procesal provisional que puede o no sertomada por el juez o tribunal en virtud de los riesgos que advierta respecto de la alteración del bien. La decisión judicial debe estar motivada y establecer el alcance del secuestro y lascondiciones en que se efectua.
La figura jurídica del secuestro judicial se compara, a efectos de su naturaleza jurídica, con la de un depósito obligatorio, y en las distintas legislacionesviene regulada en el derecho civil y en las leyes de enjuiciamiento. También se asimila a la figura del embargo, si bien en éste los bienes afectados serán destinados, en su caso, paraatender el cumplimiento de determinadas obligaciones derivadas de una resolución, mientras que en el secuestro judicial, los bienes son el objeto del fondo del conflicto y no instrumentos parael pago o satisfacción de una resolución.
El secuestro judicial finaliza por la resolución judicial que pone fin al procedimiento que dio lugar al mismo, o bien por una resolución previacuando el juez o tribunal consideren no necesaria la medida procesal. La resolución determinará las condiciones en las que los bienes retornan a la libre disposición de los particulares.
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