Encaje Minimo Legal
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Maikol Granados Sánchez
Jose Umanzor AlfaroLaura Leiva Lopez |
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02/12/2011 |
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Encaje Mínimo Legal
El encaje mínimo legal constituye unrequerimiento impuesto a los intermediarios financieros, por el cual deben apartar un porcentaje de los recursos financieros que capten, de los cuales no percibirán rendimientos. Es uno de los instrumentoscon que cuenta el Banco Central para el manejo de la política monetaria.
La intermediación financiera consiste en:
“La captación de recursos financieros del público, en forma habitual, con el fin dedestinarlos, por cuenta y riesgo del intermediario, a cualquier forma de crédito o inversión en valores, independientemente de la figura contractual o jurídica que se utilice y del tipo de documento,registro electrónico u otro análogo en el que se formalicen las transacciones.” Tomado del párrafo segundo artículo 116 Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica (LOBCCR).
Resumiendo dicha norma:La intermediación financiera consiste en pedir prestado del público para prestar o invertir en valores, en forma habitual.
La intermediación financiera es la actividad por excelencia de los bancos yotras entidades financieras, que reciben depósitos o captaciones y se dedican a prestar esos dineros, por su cuenta y riesgo.
La intermediación financiera en Costa Rica solo puede ser realizada porentidades reguladas por la Superintendencia General de Entidades Financieras. A los que se denomina intermediarios financieros.
La LOBCCR, establece en su artículo 62, que las entidades que realicenintermediación financiera, están obligadas a mantener en el Banco Central, en forma de depósitos en cuenta corriente, una reserva proporcional al monto total de depósitos y captaciones. Una porción delencaje legal podría estar en efectivo en poder de las entidades financieras si la Junta Directiva del Banco Central así lo acuerda.
La tasa máxima del encaje legal es el 15% (art 63 LOBCCR). La...
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