Ensayo de derecho ambiental
Para Lizt, el bien jurídico no es un bien del derecho, sino un bien de los hombres, reconocido y protegido por el derecho… el orden jurídico no crea el interés, lo crea la vida, pero la protección del derecho, eleva el interés vital a un bien jurídico. En este orden deideas relacionaba el bien jurídico con la finalidad de la pena y el interés del individuo o de la sociedad, en consecuencia afirmaba que “nosotros llamamos bienes jurídicos a los intereses protegidos por el derecho. Bien jurídico e el interés jurídicamente protegido. Todos los viene jurídicos son intereses vitales del individuo o de la comunidad. El orden jurídico no crea interés, lo crea la vida;pero la protección del derecho eleva el interés vital a bien jurídico”, así pues los bienes jurídicos eran las condiciones de vida, los intereses vitales.
De las posiciones anteriores, sin duda alguna como lo menciona nuestro autor reseñado, se desprende las diversas teorías del bien jurídico, como son la de la nocividad social, la escuela cantiana, las jurídico-constitucionales y lassociológicas.
Bajo el marco referencial anterior, los bienes jurídicos, los podemos abordar desde el titular del derecho o desde la perspectiva de categorías normativas y/o materiales que responden a realidades históricas atendiendo al titular, los bienes jurídicos se clasifican en individuales y colectivos, en materia ambiental diríamos que estamos en presencia de aquellas conductas que lesionanintereses individuales como el caso de la propiedad privada de bosques, de derrames en bienes del patrimonio privado y/o daños a la salud individualizados o de aquellas conductas que atentan contra el patrimonio de la sociedad calidad del aire, salud pública, contaminación de los ríos, pérdida de biodiversidad, etc., por mencionar algunos ejemplos.
Establecidas las categorías de bienes jurídicos, losdesglozaremos para entender el alcance jurídico de cada categoría. Ahora bien, el iteres jurídico es el núcleo de los derechos, ya sean subjetivos o colectivos. Ahora bien un derecho subjetivo o colectivo puede amparar un interés subjetivo, legítimo o difuso. El primero es el interés simple, que la mayoría de los sistemas jurídicos protegen es decir, la capacidad del gobernado de acudir a lasacciones judiciales para hacer valer los derechos que le sean lesionados, el legitimo que será aquel interés homogéneo que tienen varios de los gobernados, por ejemplo una alza de tarifas de la luz o agua o el colectivo o difuso, que será aquel cuyo titular no está definido y puede abarcar el interés simple y el legitimo. La construcción de una empresa que manejara tóxicos en una colonia. El bienambiental o ambiente, entendido como el derecho a un medio ambiente sano, la mayoría de los estudiosos de los derechos ambientales, lo ubicamos en la esfera de lo social, respecto a sus efectos opuesta en peligro de bienes jurídicos, ya que interesa no a un solo individuo sino a todos, entendiéndose por todos, las presentes y futuras generaciones, luego entonces, es un derecho colectivo en...
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