Escritos de demandas
Expediente Nº:02-2011-1501-JR-LA01
Secretario: Miguel Cotera Cano
Escrito: CorrelativoSumilla: Se expida sentencia y otro
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO LABORAL DE HUANCAYO
ORLANDO ROSALES TOCAS, en los seguidos con la Dirección Regional de educación de Junín, a usted atentamente digo:
Que conforme al estado del proceso de conformidad al art. 24 de la Ley 27584, modificadapor le D. LEG 1067, solicito se expida la sentencia que corresponda.
OTROSI DIGO: Que adjunto copia de sentencia expedida recientemente en un caso exactamente similar, para los fines de la ley.
POR TANTO:
A usted pidoproveer conforme lo dejo expresado
Huancayo, 29 de Marzo del 2011
EXCEPCIONES
Expediente Nº:02-2011-1501-JR-LA01
Secretario: MiguelCotera Cano
Escrito: 02
Sumilla: Deduzco excepciones y otros
SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADOTRABAJO TRANSITORIO DE HUANCAYO
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU, debidamente presentados por CarlosArturo Santiago Valdez, identificado con el DNI. No. 20033968, apoderado nombrado por escritura pública de otorgamiento de poder, ante Notario Público de Huancayo; en la demanda interpuesta por Rosa Guadalupe Román Alva sobre Acción Contencioso Administrativa ante Ud., respetuosamente me presento y digo:
Que, deduzco la siguiente excepción como medios de defensa:EXCEPCIÓN DE FALTA DE AGOTAMIENTO DE LA VÍA PREVIA:
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DERECHO
PRIMERO: Señor Juez, como se puede advertir de la demanda, sus anexos y medios probatorios presentados por la actora, que se presenta medios probatorios innecesarios e insulsos que no tienen objeto ya ni siquiera ser mencionados, pero para el caso que nos ocupa, se aprecia que la actora no ha demostrado el agotamientode la vía administrativa , establecido en el Art. 18 de la Ley 27584- Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo, el cual señala que ”Es requisito para la procedencia de la demanda el agotamiento de la vía administrativa conforme a las reglas establecidas en la Ley de Procedimiento General o por normas especiales”, además porque la demandante tampoco ha presentado o agotado la víaadministrativa mediante el formato especial de silencio administrativo positivo o negativo (“FORMATO DE DECLARACIÓN JURADA DE SILENCIO ADMINISTRATIVO”- LEY Nº 29060) ante la Universidad Nacional del Centro del Perú, porque en nuestro sistema jurídico administrativo (Ley 27444) prevé las acciones y derechos del administrado ante entidades públicas, como son los silencios administrativos(positivo-negativo) recurso impugnatorios previos a la demanda judicial que hoy pretende hacer valer. Pero es necesario reiterar que la doctrina y fundamento para la demanda de acción contenciosa administrativa debe previamente agotar la vía administrativa, como requisito necesario.
SEGUNDO: Que la actora señala claramente en el quinto considerando de los fundamentos de hecho de la demanda que:”remetí la...
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