Estatutos asociacon civil
C L Á U S U LA S:
DENOMINACIÓN, DOMICILIO, NACIONALIDAD, DURACIÓN, OBJETO Y PATRIMONIO.
PRIMERA. La Agrupación queaquí se constituye se denominará “GRUPO VIVIR”, la cual denominación irá seguida de las palabras “ASOCIACIÓN CIVIL” o de su abreviatura “A. C.”.
SEGUNDA. El domicilio de la Asociación será laCiudad de Mexicali, Baja California.
TERCERA. La Asociación es de nacionalidad mexicana, pero podrá admitir Asociados extranjeros, en el entendido de que todo extranjero que en el acto de laconstitución o en cualquier tiempo ulterior adquiera un interés o participación social en esta Asociación se considerará por ese simple hecho como mexicano respecto de uno y otra, y se entenderá que conviene enno invocar la protección de su Gobierno, bajo la pena, en caso de faltar a su convenio, de perder dicho interés o participación en beneficio de la Nación Mexicana.
CUARTA. La duración de laAsociación será de noventa y nueve años, a partir de la fecha en que estos Estatutos sean protocolizados ante Notario Público.
QUINTA. El objeto de la Asociación será constituir un grupo de análisis y decrítica constructiva, que busca mejorar el desarrollo personal y empresarial en los aspectos financieros, legales, contables y administrativos cuyas opiniones y prácticas trasciendan en la solución deproblemas que afecten el desarrollo integral de la comunidad, proponiendo posibles soluciones, y llevando un seguimiento constante de los avances en estos objetivos.
Lo anterior, sin restricciónde que realice actividades adicionales, siempre buscando el desarrollo personal y empresarial de los asociados y de la comunidad en general.
SEXTA. El patrimonio de la Asociación se integrará.a) Con las aportaciones que deberán enterar los asociados y que serán fijados por Junta Directiva;
b) Con los bienes que, por cualquier título, adquiera la Asociación; y
c) Con las aportaciones...
Regístrate para leer el documento completo.