Estudios Político
Considerando:
Que el artículo350 de la Constitución de la República dispone que elSistema de Educación Superior tiene como finalidad laformación académica y profesional con visión científica y humanista; la investigación científica y tecnológica; la innovación, promoción, desarrollo y difusión de los saberes y las culturas; laconstrucción de soluciones para los problemas del país, en relación con los objetivos del régimen de desarrollo;
Que el artículo352 de la Constitución de la República organiza el Sistemade Educación Superior que estará integrado por universidades y escuelas politécnicas; institutos superiores técnicos, tecnológicos y pedagógicos; y conservatorios de música y artes,debidamente acreditados y evaluados. Estas instituciones, sean públicas o particulares, no tendrán fines de lucro;
Que conforme al artículo 349 de la Constitución, el Estado garantizará alpersonal docente, en todos los niveles y modalidades, estabilidad, actualización, formación continua y mejoramiento pedagógico y académico; una remuneración justa, de acuerdo a laprofesionalización, desempeño y méritos académicos. La ley regulará la carrera docente y el escalafón; establecerá un sistema nacional de evaluación del desempeño y la política salarial en todos losniveles. Se establecerán políticas de promoción, movilidad y alternancia docente;
Que conforme a la disposición transitoria vigesimoprimera, el Estado estimulará la jubilación de lasdocentes y los docentes del sector público, mediante el pago de una compensación variable que relacione edad y años de servicio. El monto máximo será de ciento cincuenta salarios básicosunificados del trabajador privado, y de cinco salarios básicos unificados del trabajador privado en general por año de servicios. La ley regulará los procedimientos y métodos de cálculo.
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