Evaluacion de riesgos
1.INTRODUCCIÓN.- La evaluación de riesgos es la base del SGPRL . Constituye lapiedra angular sobre la cual se va a edificar toda la planificación de la prevención en la empresa. Por ello, la evaluación de riesgos es una obligación legal del empresario impuesta por la LPRL, que la define en su artículo 16, como “....el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario esté encondiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse.” 2. CARACTERÍSTICAS .- a) Concepto.- La evaluación de riesgos es un análisis sistemático de las condiciones de trabajo que tiene por objeto identificar los riesgos generales que presenta la empresa y los particulares de cada puesto detrabajo, valorar su gravedad y definir las medidas necesarias para su eliminación o control. b) Personal: La ER debe ser realizada por personal debidamente cualificado, en función de la complejidad de los riesgos a evaluar. El Reglamento de los Servicios de Prevención (RD 39/97), establece las siguientes atribuciones en esta materia: a. Los trabajadores con formación de nivel básico en materia deprevención de riesgos laborales (art. 35 RD 39/97), podrán realizar evaluaciones elementales de riesgosb. Los trabajadores con formación de nivel intermedio podrán realizar evaluaciones de riesgos, en general, salvo las asignadas a personas con nivel de formación superior.c. Los trabajadores con formación de nivel superior tiene atribuciones para realizar aquellas evaluaciones de riesgos cuyodesarrollo exija:1. el establecimiento de una estrategia de medición para asegurar que los resultados obtenidos caracterizan efectivamente la situación que se valora, o2. una interpretación o aplicación no mecánica de los criterios de evaluación. c) Participación de los trabajadores . En la realización de la ER debe contarse con la participación de los trabajadores expuestos a los riesgosevaluados, para contrastar su opinión con la de los técnicos . Además, la dirección deberá consultar a los representantes de los trabajadores, o a los propios trabajadores si carecen de ellos, sobre el procedimiento de evaluación a utilizar (art. 33. LPRL) . d) Evaluación inicial de riesgos.- Se realizará en todos y cada uno de los puestos de trabajo de laempresa, teniendo en cuenta:a. Las condiciones de trabajo existentes o previstas.b. La posibilidad de que el trabajador que lo ocupe sea especialmente sensible a determinadas condiciones de trabajo (menores, mujeres embarazadas y discapacitados, etc). e) Evaluaciones periódicas.- Deberán volver a evaluarse los puestos de trabajo que puedan verse afectados por las siguientes circunstancias:a. Laelección de equipos de trabajo, sustancias o preparados químicos, la introducción de nuevas tecnologías a la modificación en el acondicionamiento de los lugares de trabajo.b. El cambio en las condiciones de trabajoc. La incorporación de un trabajador cuyas características personales o estado biológico conocido los hagan especialmente sensible a las condiciones del puesto.d. Cuando se produzcan...
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