expeciones al agotamiento de la via administrativa

Páginas: 9 (2249 palabras) Publicado: 18 de agosto de 2014
AGOTAMIENTO DE LA VIA ADMINISTRATIVA

EXCEPCIONES AL AGOTAMIENTO DE LAS VÍAS PREVIAS

Artículo 46:
No será exigible el agotamiento de las vías previas si:
1) Una resolución, que no sea la última en la vía administrativa, es ejecutada antes de vencerse el plazo para que quede consentida;
2) Por el agotamiento de la vía previa la agresión pudiera convertirse en irreparable;
3) La víaprevia no se encuentra regulada o ha sido iniciada innecesariamente por el afectado; o
4) No se resuelve la vía previa en los plazos fijados para su resolución.

El artículo 45° del Código señala que el proceso de amparo solo procede cuando se hayan agotado las vías previas, es decir, el procedimiento prejudicial, legalmente previsto para impugnar el acto violatorio del derecho constitucional. Elartículo 46°, sin embargo, trae cuatro reglas de excepción que permiten acudir al amparo sin necesidad de transitar por el camino de la vía previa. Las cuatro reglas de excepción responden a la necesidad de salvaguardar la tutela procesal efectiva debido a que en determinadas circunstancias la vía previa es ineficaz hasta el punto de poder convertir el derecho en irreparable.

2. Cuando elagotamiento de la vía previa puede convertir el derecho en irreparable
La regla de excepción es explicable porque se condice con la finalidad de los procesos constitucionales, el de garantizar la primacía de la Constitución y la vigencia efectiva de los derechos constitucionales. Si el tiempo para agotar la vía previa, pueden convertir el derecho en irreparable, entonces la finalidad esencial del CódigoProcesal Constitucional no se cumpliría. No cabe duda que frente a esta regla de excepción los jueces deben evaluar, caso por caso, la naturaleza extemporánea de la vía previa y la urgencia de amparar el derecho. Pero ya se sabe que en caso de duda funciona el principio favor processum.

CODIGO PROCESAL CONSTITUCIONAL
Artículo 5°: Causales de Improcedencia
“No proceden los procesosconstitucionales cuando: 4.- No se hayan agotado las vías previas, salvo en los casos previstos en este código y en el proceso de habeas corpus”
Artículo 45°: Agostamiento de las vías previas
“El amparo solo procede cuando se hayan agotado las vías previas. En caso de duda sobre el agotamiento de la vía previa se preferirá dar trámite a la demanda de amparo”

PRESCRIPCION PARA INTERPONER LA DEMANDA DEACCIÓN DE AMPARO
Artículo 44º:

El plazo para interponer la demanda de amparo prescribe a los sesenta días hábiles de producida la afectación, siempre que el afectado hubiese tenido conocimiento del acto lesivo y se hubiese hallado en posibilidad de interponer la demanda. Si esto no hubiese sido posible, el plazo se computará desde el momento de la remoción del impedimento.

Tratándose delproceso de amparo iniciado contra resolución judicial, el plazo para interponer la demanda se inicia cuando la resolución queda firme. Dicho plazo concluye treinta días hábiles después de la notificación de la resolución que ordena se cumpla lo decidido.

Para el cómputo del plazo se observarán las siguientes reglas:

1) El plazo se computa desde el momento en que se produce la afectación, auncuando la orden respectiva haya sido dictada con anterioridad.
2) Si la afectación y la orden que la ampara son ejecutadas simultáneamente, el cómputo del plazo se inicia en dicho momento.
3) Si los actos que constituyen la afectación son continuados, el plazo se computa desde la fecha en que haya cesado totalmente su ejecución.
4) La amenaza de ejecución de un acto lesivo no da inicio al cómputodel plazo. Sólo si la afectación se produce se deberá empezar a contar el plazo.
5) Si el agravio consiste en una omisión, el plazo no transcurrirá mientras ella subsista.
6) El plazo comenzará a contarse una vez agotada la vía previa, cuando ella proceda.

La interposición de la acción vence a los sesenta días hábiles, también desde que el afectado se hubiese hallado en posibilidad de...
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