expo estratejico
la administración del Estado se reparte entre las entidades administrativo-territoriales de menor nivel. Dichas entidades, de mayor a menor importancia, son losdepartamentos, municipios y territorios indígenas, que conforman así los diferentes niveles de organización territorial de la república.
Únicamente por medio de la ley se podrá dar el carácter de entidadterritorial a las regiones y provincias que se constituyan en los términos de la Constitución y de la ley.
Las entidades territoriales se caracterizan por:
Las entidades territoriales gozan deautonomía para la gestión de sus intereses, y dentro de los límites de la Constitución y la ley. En tal virtud tendrán los siguientes derechos:
1. Gobernarse por autoridades propias.
2. Ejercer lascompetencias que les correspondan.
3. Administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
4. Participar en las rentas nacionales.
La ley orgánica deordenamiento territorial establecerá la distribución de competencias entre la Nación y las entidades territoriales.
Las competencias atribuidas a los distintos niveles territoriales serán ejercidasconforme a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad en los términos que establezca la ley.
DEL REGIMEN DEPARTAMENTAL
Los departamentos tienen autonomía para la administración delos asuntos seccionales y la planificación y promoción del desarrollo económico y social dentro de su territorio en los términos establecidos por la Constitución.
Los departamentos ejercen funcionesadministrativas, de coordinación, de complementariedad de la acción municipal, de intermediación entre la Nación y los Municipios y de prestación de los servicios que determinen la Constitución y lasleyes.
En cada departamento habrá una corporación político-administrativa de elección popular que se denominará asamblea departamental, la cual estará integrada por no menos de 11 miembros ni...
Regístrate para leer el documento completo.