extincion de contribuciones
PAGO.
TIPOS:
LISO Y LLANO.
El contribuyente paga al fisco correctamente la cantidad adeudada en unaexhibición, cumple la obligación de manera instantánea.
BAJO PROTESTA.
El contribuyente inconforme con el cobro un tributo, cubre el importe a la autoridad Fiscal,haciendo constar que intentara un recurso ó medio de defensa legal para declarar el pago infundado y nazca el Derecho a devolución.
INDEBIDO (22 CFF).
Contribuyenterealiza un pago al que no esta obligado.
EXTEMPORANEO.
Contribuyente realiza el pago al Fisco las cantidades adecuadas sin objeciones ni inconformidades, pero fuera de losplazos o términos establecidos en la ley.
ANTICIPADO.
Contribuyente al momento de percibir un ingreso gravado, cubre al Fisco parte proporcional a cuenta del impuestoen que en definitivamente le va a corresponder ISR e IVA (pagos Mensuales).
CONDONACION.
Autoridad exenta del cumplimiento la Obligación Fiscal alcontribuyente de manera total o Parcial.
CASOS EN QUE SE DA LA CONDONACION:
CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR (39 F-I CFF).- Cuando se afecte la situación de alguna región o lugardel país, alguna rama de actividad, producción o venta por un periodo determinado.
DISCRECIONAL (74 CFF).-Sobre contribuciones accesorias como Multas, Recargos yactualizaciones.
COMPENSACION.
Calidad de Acreedor y Deudor se presentan en el mismo sujeto.
PRESCRIPCIÓN.
Forma de liberarse de una obligación por el simple transcursodel tiempo. En 5 años se libera la obligación.
CADUCIDAD.
Perdida de un derecho por parte de la autoridad para ejercer sus facultades, por el transcurso del tiempo.
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