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Páginas: 22 (5438 palabras) Publicado: 13 de junio de 2014
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FALLOS DE LA

SUPREMA

CORTE

42t

DE 1USTICIA. NACIONA.L

riores de la Nacion, el conocimiento Y decision de todas las
causas que versen sobre pllntos regidos por la Constitncion •.

El articuloiOt agrega: .que la jurisdiccion atribnida a la

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excepciones qne proscriba el Congreso; pproen los asuntos con­

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La ley organica de lajusticia nacional, prescribio tambien

en su articulo 2' que «solo ejorce jurisdiccion en los c,asos con­
tenciosos, en que es requerida a instancia de parte., Y en su ar­

ticulo 7', «que la de la Corte Suprema sera originaria Y exclu­

actos del Intel'ventor.

siva, en las cau.as eu que alguna proviucia (uese parte •.

De estosprecedente. legi.lativos, emana la ley especial sobre

jurisdiccion Y competencia de los tribunales nacionales, de t4
de Setiembre de t863, cuyo articulO t, consigna en cuatro inci­
sos explicitos, los unicos casos de procedencia de la jurisdiccion

Snrnario.-Los actos politicos de los Poderes Public os de la
Nacion, disponiendo sn intervencion en las Provincias, no fnn­
,f

originaria delsnperior tribunal de la Nacion.

Es notable, en la Constitucion nacional y leyes organicas del

poder Judicial, y a hacerlo notar conducen las transcripciones

Caso. -Lo indica el dictamen del senor Procnrador General
f;

que dejo hechas, la insistencia de requerir como fundamento
del ejercio de la jnrisdiccion originaria de V. E. que alguna
p','ovtncia sea parte.

Buenos Aire., Agosto28 de 1893.
..

Suprerna Co,.te:

El articulo tOO de la Constitucion Nacional ha declarado,
.qne correspoI'de a la Sllprema Corte y, a los tribunales illfe-

,

exclusivamente •.

inte'roencion en la Provincia de Santa Fe, y nulida,l de los

VISTA DEL SEIIOR PROCURADOR GENERAl,

I.'

en losque alguna provincia {uese pm.te, la ejercera originaria Y

El Doctor don Joaquin M.Cullen, por el Gobiemo provisorio
de la Provincia de Santa-Fe, contra el Doctor don Baldorne­
TO Lle1'ena; sobre inconstitucionalidad de la ley nacional de

y el Fallo de la Suprema Corte.

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Snprema Corte, se ejercera, por apelacion, segnn las reglas y

cernientes a embajadores: ministros Y consules extranjeros, Y

dan un caso j ndicia!.

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A.nte esa requisicion fundamental, necesario os detenerse a
examinar si la personeria invocaJa para instanrar la actual

demanda, representa la persona juridica de nna Provincia A.r­
gentina, Y la constitnye, por el hecho de esa representarion in­
vocada, parte legitima en este juicio.

Para ello, no es iodispensable estudiar en ,u fondo,si la antigua f6rmula internacional .ultirna ratio regis> es de aplicacion
al supremo esfuerzo de los pueblos que viven dentro del regimen

de la constitucion de la nacion A.rgentina. Porqne aun admi­
tiendo ese supremo esfuerzo, como un hecho conducente a la

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423
422

DE IUSTICIA IIACIOllAL

FALLOS DE LA SUPREMA CORTE

consecucion dellspiraciones ytendencias restnuradoras del li­

bre sufragio, y del mos amplio imperio de las instituciones pro­
vinciales, siempre resulta un hecho, un hecho de fuerza, ineficaz
para demostrar el triunfo de una colectividad de vol untades, ca­
paz de constituir un. m.yod. de votos afirm.tivos de sus pro­

nerlo siendo manifestaciones l'ersonales, no em.n•das, como er.
necesario para acto de tal trasceudencia,del acuerdo general de
Ministros con el presidente de la Rel'l\blica, y "un cuando pro­

0,
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cedieran de esa autoridad, el reeonocimieuto por parte dell'. E.
no seril' bastante por si a eonferir atribuciones, contra el re­

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consigna en la serie 1', tomo 2', pogina 127 de sus faUos, trans­

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cribiendo parte de una seutencia que reconoce que el...
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