Fatura electronica
I. GENERALIDADES:
• Los comprobantes fiscales (facturas, recibos, notas de crédito, notas de cargo y comprobantes que amparen pagos en parcialidades) deben ser emitidos mediante documentos digitales: Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI). Estos comprobantes deberán remitirse al SAT o a un tercero autorizado por el SAT, para que los validen, les asignen el número de folio e incorporen el sello digital. No será necesario emitir reporte alguno, toda vez que el SAT contará con el 100% de las operaciones realizadas. Comprobante en papel. El SAT asignará el folio y emitirá un Código de Barras Bidimensional (CBB). Quien pretenda deducir y acreditar erogaciones amparadas con dichos comprobantes (CFDI y/o comprobante en papel), deberá verificar su autenticidad. Fundamento: artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF) y Regla II.2.23.3.8. de la RMF 2010. Los comprobantes fiscales que se expidan, deberán archivarse, con base en el artículo 29‐V del CFF, Regla I.2.23.3.2. de la RMF 2010 y, en su caso, la NOM‐151. En adición se precisa que estos forman parte de la contabilidad por lo que deberán conservarse en términos del artículo 30 del CFF. ¿Con qué debo empezar? Asegurarse de contar con la FIEL vigente, ver Anexo 1‐A de la RMF, ficha 98/CFF. Obtención del certificado de sello digital, ver Anexo 1‐A de la RMF, ficha 102/CFF. Generación del comprobante, ver especificaciones técnicas contenidas en el Anexo 20 de la RMF. En su caso contactar a un proveedor autorizado por el SAT que valide el CFDI, ver vínculo: Lista
de Proveedores Autorizados.
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Para consulta seguir vínculos: RMF 2010; 1ª modificación RMF 2010 y Anexo 1‐A; Anexo 20.
Patricio Sanz N° 1449‐A Int. 103 Col. Del Valle, C. P. 03100, México, D. F. Tel.: 5559‐3615 tributar@mendezya.com
II. ANÁLISIS:
OPCIONES
QUIÉNES
OBLIGACIONES
COMENTARIOS
FUNDAMENTO
ESQUEMA GENERAL PARA COMPROBANTES EN 2011 SEGÚN CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
1. Los contribuyentes podrán adquirir, arrendar, desarrollar un sistema informático para la generación del CFDI. 2. Una vez que se emita el CFDI debe enviarse al SAT o al Proveedor autorizado para validar la certificación del sello digital y el contenido del CFDI y lo regresa al contribuyente para enviarlo al cliente finalmente. Personas físicas y morales, 1. Solicitar la asignación de folios 1. Se podrá consultar la siempre que sean en operaciones al SAT. aprobación de los folios por un monto máximo de $2,000 2. Entre otros, el comprobante ingresando a SICOFI. (Dos mil pesos) deberá tener impreso el 2. El CBB y los folios asignados Código de Barras por el SAT tendrán una Bidimensional (CBB) que el vigencia de dos años contados SAT proporcionará una vez a partir de que el SAT los autorizados los folios. proporciona. 3. En este caso quedan relevados de presentar el informe trimestral de folios a ...
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