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njdfnmfmdfnormas continuado, lo cual impide así la coadministración de los funcionarios de Contraloría y agiliza lostrámites burocráticos.
• Las entidades estatales se obligan a crear sus propios organismos de Control Fiscal Interno, dependientes de la respectiva administración, cuya calidad yeficiencia serán evaluados por la Contraloría.
• El auditaje de Contraloría se realizará evaluando el sistema financiero, el sistema de gestión y los resultados de cada entidad, y novigilando como hasta ahora el cumplimiento o no de normas legales. Se incluye además la valoración de los costos ambientales, lo cual es un gran avance para la protección de lasociedad.
• El Contralor General de la República queda obligado a presentar al Congreso anualmente un informe sobre el estado de los recursos naturales y del ambiente, implicando quedeberá crear el Estado un sistema de información ecológico, para ser evaluado por la Contraloría.
• Se plantea la privatización del Control Fiscal por medio de firmas de auditoríanacionales, ampliándose el campo de ejercicio profesional para los Contadores Públicos.
• Se modifica la elección de los Contralores para mejorar la independencia de los mismos, puessu nombramiento se realizará de ternas enviadas por la Rama Jurisdiccional. Aunque la intención de los constituyentes es loable, su ejecución práctica no está del todo exenta delos vicios que trata de combatir.
• Se prohibe expresamente a los electores de los Contralores, recomendar personal y políticamente a los empleados de la Contraloría respectiva.
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