Funciones y Atribuciones
Art.183.- La policía o las fuerzas de seguridad deberán investigar, por iniciativa propia, en virtud de la denuncia o por orden de autoridad competente, los delitos de acción pública,impedir que los hechos cometidos sean llevados a consecuencias ulteriores, individualizar a los culpables y reunir las pruebas para dar base a la acusación. Si el delito fuera de acción públicadependiente de instancia privada, sólo deberá proceder cuando reciba la denuncia prevista por el art- 6.
Ley 11523
Atribuciones
Art.184.- Los funcionarios de la policía o de las fuerzas de seguridadtendrán las siguientes atribuciones:
1.Recibir denuncias.
2.Cuidar que los rastros materiales que hubiere dejado el delito sean conservados y que el estado de las cosas no se modifique hasta quellegue al lugar la autoridad judicial competente.
3.Disponer, en caso necesario, que ninguna de las personas que se hallaren en el lugar del hecho, o sus adyacencias, se aparten de aquél mientras selleven a cabo las diligencias que corresponda, de lo que deberá darse cuenta inmediatamente al juez. 4.Si hubiera peligro de que cualquier demora comprometa el éxito de la investigación, hacerconstar el estado de las personas, de las cosas y de los lugares, mediante inspecciones, planos, fotografías, exámenes técnicos y demás operaciones que aconseje la policía científica.
5.Disponer losallanamientos del art- 227 y las requisas urgentes con arreglo al art- 230, dando inmediato aviso al órgano judicial competente.
6.Si fuere indispensable, ordenar la clausura del local en que sesuponga, por vehementes indicios, que se ha cometido un delito grave, o proceder conforme al art- 281, dando inmediato aviso al órgano judicial competente.
7.Interrogar a los testigos.
8.Aprehender alos presuntos culpables en los casos y formas que este Código autoriza y disponer su incomunicación cuando concurran los requisitos del art- 205, por un término máximo de seis horas, que no podrá...
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