Geomatica
Perímetro aproximado de estudio:
Ubicado: En la colonia el Carmen, Zaragoza Puebla
Servicios en dicho perímetro:
-Unidad magisterial
-Centro de salud
-Unidad deportiva
-Gasolinera
Servicio que requiero:
Supermercados pueden tener desde 500 hasta 4,500 m2. Los productos que manejan son principalmente abarrotes y perecederos. Por lo general, sólo ofrecen elservicio de farmacia, fotografía, revelado fotográfico y algún otro.
Normativa para supermercado:
Título VNormas para proyectos de edificios destinados a comercios y oficinas
Capítulo VIDe los supermercados
Artículo D.3827: Los establecimientos que vendan por el sistema de autoservicio (supermercados, supermarket, provicentros y similares) a los efectos de garantizar las necesarias condiciones deseguridad, salubridad, higiene y comodidad para el público se ajustarán a las disposiciones siguientes:A) que su ubicación no ocasione riesgos, molestias o inconvenientes al vecindario y al tránsito general de la zona; B) que su actividad principal sea el abastecimiento de artículos de primera necesidad y de uso doméstico; C) que el local permita el libre y fácil acceso y salida del público,independientemente de los espacios asignados para la espera. Estos espacios deberán ser cubiertos, protegidos de la intemperie, en la inmediación de los accesos y previa a las cajas registradoras del importe. Deberán estar provistos de asientos individuales o colectivos a razón de un asiento cada 200 metros cuadrados de área útil;D) que los concurrentes tengan cómoda posibilidad de seleccionar y retirarpersonalmente, de las instalaciones en que están expuestos, los artículos ofrecidos en venta;E) que el precio y características de los productos se indiquen en forma bien visible, por medio de carteles anunciadores en cada sector. Sin perjuicio de ello, las mercaderías deberán lucir precio, calidad, peso o volumen y fecha de envasado, cuando corresponda; F) que las mercaderías se ubiquen ensecciones independientes, según la naturaleza de las mismas, de modo que se mantengan en las mejores condiciones higiénico-sanitarias y se evite cualquier alteración de sus propiedades como consecuencia de influencias por la proximidad de otros productos;G) que se registre el importe de las ventas por medios mecánicos; H) que el local ofrezca, en forma permanente, un aspecto aseado y ordenado; I) lossupermercados con una superficie mayor o igual a los 200 metros cuadrados en su local de ventas podrán vender carne y productos cárnicos de acuerdo con las reglamentaciones vigentes.J) que cuenten con equipos de conservación (frío) para los alimentos que así lo requieran
Artículo D.3828: Será obligatoria la venta de los siguientes artículos: aceite comestible, arroz, azúcar, fideos, fósforos,frutas, harina, huevos, jabón, leche, papas, sal, verduras y yerba mate y alcohol azul. La venta de queroseno, será obligatoria para los establecimientos cuya área útil supere los 400 metros cuadrados. Se entiende como área útil, a los efectos de la presente normativa, la superficie edificada utilizada por el público, excluidas las áreas destinadas a estacionamiento, administración, depósito,servicios, etc.La Intendencia podrá exigir el expendio obligatorio de otros productos, cuando lo considere conveniente para los intereses de la población
Artículo D.3829: No podrá autorizarse la instalación de establecimientos que vendan por el sistema de autoservicio a una distancia menor de trescientos metros de los mercados "Central", "de la Abundancia", "Agrícola", "Modelo" y de doscientos metrosde los demás mercados. Las distancias serán medidas sobre el eje de las calles adyacentes, entre los puntos más próximos de los respectivos predios
Artículo D.3844: El salón general de ventas será construido con paredes y tabiques de mampostería revocados, pintados o blanqueados y sus pisos pavimentados con baldosas lisas, de colores claros. En caso de utilizarse techos livianos (hierro...
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