Hola america
Escrito por legal | 3 Ago, 2009
Informamos a nuestros asociados que mediante Ley Nº 29392 (El Peruano: 02.08.2009), se han establecidolas sanciones administrativas por incumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento.
Cabe recordar que la Ley Nº 27050establece el marco de protección, atención de salud, trabajo y otros, para que la persona con discapacidad alcance su desarrollo integral. Las obligaciones contenidas en este dispositivo son deobligatorio cumplimiento por parte de las instituciones públicas y privadas, incluyendo personas naturales y empresas.
Las infracciones establecidas en la reciente Ley Nº 29392 son clasificadas en leves,graves y muy graves.
Dentro de las infracciones leves se encuentran:
- Inaplicar el descuento del 50% sobre el valor de la entrada a espectáculos culturales, deportivos o recreativos organizados porel Estado.
- Omitir consignar la condición de discapacidad en los formularios de postulación para concursos públicos convocados por entidades públicas.
Se sancionan con multas entre 0.5 UIT a 2UIT.
Dentro de las infracciones graves se encuentra:
- Omitir reservar el 5% de las vacantes para personas con discapacidad en los procesos de admisión a universidades, institutos o escuelassuperiores.
Se sancionan con multas de 2 UIT a 8 UIT.
Dentro de las infracciones muy graves se encuentran:
- Inaplicar la bonificación del 15% del puntaje final a las personas con discapacidad enlos concursos de mérito de las entidades públicas.
- Contravenir las disposiciones urbanísticas y arquitectónicas para el acceso a personas con discapacidad (accesos, ambientes, corredores decirculación, para el desplazamiento y uso de personas con discapacidad)
Se sancionan con multas de 8 UIT a 12 UIT.
Las sanciones serán impuestas por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social,...
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