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CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de
Edificaciones fue modificada por la Ley Nº 29300, la Ley N° 29476 y posteriormente por la
Ley N° 29566, norma que modificó diversas disposiciones con el objeto de mejorar el clima
de inversión y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias;Que, asimismo mediante Ley Nº 29898, se modificó la Ley N° 29090,
estableciéndose entre otros el procedimiento de habilitación urbana de oficio, así como se
dispuso que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, en un plazo de sesenta días calendario, contados desde la vigencia de la
acotada Ley, adecúe según corresponda el Reglamento deLicencias de Habilitación
Urbana y Licencias de Edificación, el Reglamento de los Revisores Urbanos y el
Reglamento de Verificación Administrativa y Técnica, aprobados respectivamente
mediante Decretos Supremos Nº 024-2008-VIVIENDA, Nº 025-2008-VIVIENDA y Nº 026-
2008-VIVIENDA;
Que, la Primera Disposición Final de la Ley Nº 29090, estableció que los
Reglamentos citados seríanaprobados mediante Decreto Supremo refrendado por el
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
Que, al respecto el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de
Edificación fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA y
posteriormente modificado por los Decretos Supremos Nº 003-2010-VIVIENDA y Nº019-
2012-VIVIENDA, situación que hacenecesaria la aprobación de un nuevo Reglamento,
acorde con las disposiciones contenidas en Ley N° 29090 y sus modificatorias, a fin de
lograr una unidad y coherencia que permita garantizar la seguridad jurídica en la
regulación de los procedimientos administrativos para la obtención de las licencias de
habilitación urbana y de edificación;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8del artículo 118 de la Constitución
Política del Perú y en el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación del Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y
Licencias de Edificación
Aprobar el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de
Edificación, que consta de 3 títulos, 71artículos, 1 disposición complementaria final y 1
disposición complementaria transitoria, cuyo texto en Anexo forma parte integrante del
presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Del aporte de salud
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobará mediante Decreto
Supremo las normas técnicas relativas al aporte de salud al que se hace referencia en el
artículo3 del Ley N° 29898.
Artículo 3.- De los Formatos
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento mediante Resolución
Ministerial aprobará los formatos relativos a los procedimientos de licencias de habilitación
urbana y licencias de edificación.
Artículo 4.- Derogación
Deróguese el Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA, modificatorias y demás
disposicioneslegales que se opongan al presente Decreto Supremo.
Artículo 5.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Vivienda,
Construcción y Saneamiento.
Dado en la Casa de Gobierno,
REGLAMENTO DE LICENCIASDE HABILITACIÓN URBANA Y LICENCIAS DE
EDIFICACIÓN
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
Artículo 1.- Objeto
El presente Reglamento desarrolla los procedimientos administrativos dispuestos
en la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, en
adelante la Ley.
Cuando en este Reglamento se mencionen...
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