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1) Ley de Auditoría de Cuentas (Ley 19/1998) y su Reglamento (Real Decreto 1636/1999, modificado por el Real Decreto 180/2003)
De acuerdocon las citadas disposiciones deberán someterse a auditoría obligatoria, las entidades o empresas, cualquiera sea su naturaleza jurídica, en la que concurran alguna de las siguientes circunstancias:a) Que coticen sus títulos en cualquiera de las Bolsas Oficiales de Comercio.
b) Que emitan obligaciones en oferta pública.
c) Que se dediquen de forma habitual a la intermediaciónfinanciera, incluyendo aquellas sociedades que ejercen como comisionistas sin tomar posiciones y a los Agentes de Cambio y Bolsa, aunque actúen como personas individuales y, en todo caso, las empresas oentidades financieras que deban estar inscritas en los correspondientes Registros del Ministerio de Economía y Hacienda y del Banco de España.
d) Que tengan por objeto social cualquier actividad sujeta ala Ley 33/1984 de Ordenación del Seguro privado, dentro de los límites establecidos reglamentariamente.
e) Las empresas y entidades, cualquiera que sea su naturaleza jurídica y siempre que debanformular cuentas anuales conforme al Código de Comercio y demás legislación que resulte de aplicación, que durante un ejercicio social hubiesen recibido subvenciones o ayudas con cargo a lospresupuestos de las Administraciones públicas o a fondos de la Unión Europea, por un importe total acumulado superior a 600.000 euros, estarán obligadas a someter a auditoría las cuentas anuales correspondientesa dicho ejercicio y a los ejercicios en que se realicen las operaciones o ejecuten las inversiones correspondientes a las citadas subvenciones o ayudas.
f) Las empresas y entidades, cualquiera quesea su naturaleza jurídica y siempre que deban formular cuentas anuales conforme al Código de Comercio y demás legislación que resulte de aplicación, que durante un ejercicio económico hubiesen...
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