Intervencion en las actividades finacieras
INTERVENCIÓN EN LAS ACTIVIDADES FINANCIERAS Y ASEGURADORAS
El Gobierno Nacional intervendrá en las actividades financiera, aseguradora, y demás actividadesrelacionadas con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos captados del público, con sujeción a los siguientes objetivos y criterios:
-Que el pueblo este de acuerdado con las actividades.
- Queen el funcionamiento de las actividades protejan el interés de los usuarios.
-Que las entidades cuenten con los niveles de patrimonio adecuado para salvaguardar su solvencia.
-Que las operacionesde las entidades objeto de la intervención se realicen en adecuadas condiciones de seguridad y transparencia
-eficiencia por parte de las entidades que tengan por objeto desarrollar dichasactividades;
- Democratizar el crédito, para que las personas no puedan obtener, directa o indirectamente, acceso ilimitado al crédito de cada institución y evitar la excesiva
Coordinación De Políticas.Instrumentos De La Intervención
El Gobierno Nacional tendrá las siguientes funciones de intervención en relación con las entidades financieras y aseguradoras sujetas al control y vigilancia de laSuperintendencia Bancaria y, en general, respecto de las entidades cuyas actividades consistan en el manejo, aprovechamiento y la inversión de recursos captados del público:
- Fijar los plazos de lasoperaciones autorizadas, así como las clases y montos de las garantías requeridas para realizarlas;
- Establecer las normas requeridas para que las entidades objeto de intervención mantengan nivelesadecuados de patrimonio, de acuerdo con los distintos riesgos asociados con su actividad.
- Limitar o prohibir, por razones de seguridad financiera, el otorgamiento de avales y garantías por parte de lasentidades objeto de intervención e inclusive el otorgamiento de seguros individuales de crédito;
- Determinar el margen de solvencia, el patrimonio técnico mínimo y el régimen
De inversiones de...
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