Ius Cogens
Victor Rodríguez Cedeno señala que no hay dudas de que el régimen de nulidades es uno de los aspectos mas complejos del estudio del acto jurídico en términos generales. La nulidad esta, lógicamente, referida en el contexto que nos ocupa, al acto jurídico internacional, es decir, al acto destinado a producir efectos jurídicos de conformidad con la intención del autor, en el planointernacional. Con anterioridad a Viena, este régimen de relevante importancia en el ámbito interno no había sido examinado con mayor profundidad en el contexto de derecho internacional. Regalas de derecho cosuetudinario existentes antes fueron reconocidas en la conevion de viena sobre el derecho de los tratados. Se nota también una fuerte influencia del derecho interno en la elaboración de lasreglas sobre nulidad recogidas en la convención de viena.
El ius Cogens esta constituido por normas superan el voluntarismo del derecho internacional publico, lo que hace ineficaz la máxima, lex posterior derogat anterior, lex especialis derogat geneerali y lex posterior generalis non derogat priori speciali, y es por ello, que se debe tener en cuenta la existencia de unas normas internacionalessuperiores que tendrán una gran incidencia al momento de aplicar dichos principios. De lo anterior se duce, que la relación entre disposiciones de ius Cogens y normas dispositivas debe resolver en aplicación al principio de jerarquía de la norma, por lo que si se pacta una norma dispositiva que este en oposición con una norma imperativa será nula por infracción del referido principio.
Lasconsecuencias de la nulidad de un tratado que este en oposición con una norma imperativa de derecho internacional general, se encuentran consagradas en el articulo 71 de la convención de viena sobre el derecho de los tratados, el cual expresa que: Cuando un tratado sea nulo en virtud del artículo 53, las partes deberán: a) eliminar en lo posible las consecuencias de todo acto, que se haya ejecutadobasándose en una disposición que esté en oposición con la norma imperativa de derecho internacional general, y b) ajustar sus relaciones mutuas a la nosmas imperativa de derecho internacional general. 2. Cuando un tratado se convierta en nulo y termine en virtud del artículo 64, la terminación del tratado: a) eximirá a las partes de toda obligación de seguir cumpliendo él tratado; b) no afectará a ningúnderecho, obligación o situación jurídica de las partes creados por la ejecución del tratado antes de su terminación; sin embargo, esos derechos, obligaciones o situaciones podrán en adelante mantenerse únicamente en la medida en que su mantenimiento no esté por sí mismo en oposición con la nueva norma imperativa de derecho internacional general.
II EL MOMENTO DE VERIFICAR LA NULIDAD.
Una vez...
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