JUICIO ORAL, DESARROLLO DEL DEBATE. DERECHO PROCESAL PENAL EN BASE AL COPP
GRAN MARISCAL DE AYACUCHO
FACULTAD DE DERECHO
ESCUELA DE DERECHO
NUCLEO CUMANA
TRABAJO DERECHO PROCESAL PENAL II
TEMAS 2 Y 3
REALIZADO POR:
Figueroa Fermina. CI.: 4184567
Lugo María José. CI.: 18776434
Quinto Año. Sección 02
Turno: Tarde.
Profesor: Valmore Rodríguez Cumana
CUMANA, OCTUBRE 2013TRABAJO DE INVESTIGACIÓN
DERECHO PROCESAL PENAL II
CONTENIDO
TEMA No 2
Preparación del debate, Lapso para la convocatoria a la celebración a la audiencia de juicio. Prueba complementaria. Delito de audiencia. Trámite de los incidentes. Nueva calificación jurídica. Ampliación de la acusación. Corrección de errores (Arts. 325 y 326, 328, 329, 333, 334 y 335).
Preparación del debateEn esta etapa tiene lugar la apertura del debate que se regirá por los principios de oralidad, inmediación, concentración y publicidad y donde la actividad probatoria estará presidida por los principios de concentración e igualdad, por tanto, los únicos actos de prueba que el tribunal apreciará, son los que se practiquen en el juicio oral, con inmediatez y contradictoriedad, con excepción de laprueba anticipada que se incorporará al juicio por su lectura.
Lapso para la convocatoria a la celebración a la audiencia de juicio (Fijación del Debate).
EI Juez o Jueza señalará la fecha para la celebración de la audiencia de juicio, que deberá tener lugar no antes de diez días ni después de quince días hábiles, desde la recepción de las actuaciones y ordenará la citación de todos los quedeban concurrir al debate. Artículo 325 COPP.
Prueba Complementaria
Las partes podrán promover nuevas pruebas, acerca de las cuales hayan tenido conocimiento con posterioridad a la audiencia preliminar. Artículo 326 COPP.
Delito en audiencia
Si durante el debate se comete un delito, el tribunal ordenará la detención del autor o autora y el levantamiento de un acta con las indicacionespertinentes; aquel será puesto a disposición del funcionario o funcionaria del Ministerio Público que corresponda, remitiéndosele copia de los antecedentes necesarios, a fin de que proceda a la investigación. Artículo 328 COPP vigente
Trámite de los Incidentes
Todas las cuestiones incidentales que se susciten serán tratadas en un solo acto, a menos que el tribunal resuelva hacerlosucesivamente o diferir alguna, según convenga al orden del debate.
En la discusión de las cuestiones incidentales se les concederá la palabra a las partes sólo una vez, por el tiempo que establezca el Juez o Jueza. Artículo 329 COPP vigente
Nueva Calificación Jurídica
Si en el curso de la audiencia el tribunal observa la posibilidad de una calificación jurídica que no ha sido considerada porninguna de las partes, podrá advertir al acusado o acusada sobre esa posibilidad, para que prepare su defensa. A todo evento, esta advertencia deberá ser hecha por el Juez o Jueza inmediatamente después de terminada la recepción de pruebas, si antes no lo hubiere hecho. En este caso se recibirá nueva declaración al acusado o acusada y se informará a las partes que tendrán derecho a pedir la suspensióndel juicio para ofrecer nuevas pruebas o preparar la defensa. Artículo 333 COPP vigente
Ampliación de la Acusación
Durante el debate, y hasta antes de concedérsele la palabra a las partes para que expongan sus conclusiones, el Ministerio Público o el o la querellante podrán ampliar la acusación, mediante la inclusión de un nuevo hecho o circunstancia que no haya sido mencionado y quemodifica la calificación jurídica o la pena del hecho objeto del debate.
El o la querellante podrá adherirse a la ampliación de la acusación de él o la Fiscal, y éste podrá incorporar los nuevos elementos a la ampliación de su acusación.
En tal caso, en relación con los hechos nuevos o circunstancias atribuidas en la ampliación, se recibirá nueva declaración al acusado o acusada, y se...
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