JURISDICCION VOLUNTARIA
Sirve de apoyo para lo anteriormente expuesto y fundado, la siguiente Tesis Jurisprudencial: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XVIII, Septiembre de 2003; Pág. 1371; Registro: 183 298.- “DILIGENCIAS DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA. BASTA QUE CONTRA QUIEN SEINICIEN NIEGUE EL DERECHO DEL PROMOVENTE, PARA QUE LA CONTROVERSIA EXISTENTE DEBA SUSTANCIARSE EN EL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).- El artículo 698 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado establece, en relación con las diligencias de jurisdicción voluntaria, que si existiera oposición de parte legítima se seguirá el negocio en el procedimientoincidental, siempre que la oposición no se funde en la negativa del derecho del que promueve las diligencias pues, en esta hipótesis, se sustanciará el pleito conforme a los trámites establecidos para el juicio. Lo anterior permite establecer que por ser una característica esencial de las diligencias de jurisdicción voluntaria la inexistencia de dis--pu--ta entre las partes, cuando la persona contra quiense inicie la providencia precautoria manifiesta su oposición negando el derecho del promovente, entraña la conclusión de las diligencias de jurisdicción voluntaria y da lugar al surgimiento de una controversia que, necesariamente, deberá dirimirse conforme a los trámites establecidos para el procedimiento contencioso correspondiente, en el que podrán resolverse las situaciones jurídicas acerca delas cuales se suscite la inconformidad y, en donde, a diferencia de aquélla sí podrá declararse el derecho controvertido.” TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.- Amparo en revisión 1272003. José Juan González Arredondo y otra. 30 de mayo de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Adrián Avendaño Constantino. Secretario: Rubén Rogelio Leal Alba.- Véase: Semanario Judicial dela Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VIII, septiembre de 1998, página 1175, tesis III.1o.C.81 C, de rubro: "JURISDICCIÓN VOLUNTARIA. CONCLUYE SU TRAMITACIÓN SI SE OPUSIERE PARTE LEGÍTIMA (EXÉGESIS JURÍDICA DEL ARTÍCULO 959 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE JALISCO)."
PROCEDIMIENTO DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
Es un procedimiento cuya característica fundamental es queno hay pleito. Se dice que o es jurisdicción ni es voluntaria.
La jurisdicción voluntaria se da siempre entre (volentes) voluntades. La jurisdicción contenciosa se da siempre entre renuentes.
Jurisdicción Voluntaria Típica: aquella en que por voluntad de una persona se pide al juez que realice determinados actos y cuyo efecto es hacer constancia de haber realizada los actos sin vinculacióna las partes.
En la Jurisdicción Voluntaria no se dicta sentencia sino una providencia. Nunca debemos decir juicio de jurisdicción voluntaria sino procedimiento de jurisdicción voluntaria.
PALLARES dice que se debe reglamentar la Jurisdicción Voluntaria con más esmero para evitar y limitar esos actos.
SODI dice que la amplitud no nos hace daño, porque la Jurisdicción Voluntaria raramente...
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