jurisprudencia rescisión

Páginas: 8 (1832 palabras) Publicado: 26 de junio de 2013
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Actualizado a marzo 2013


Tesis: 2a./J. 142/2011
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Novena Época
161131        12 de 1967
SEGUNDA SALA
Tomo XXXIV, Septiembre de 2011
Pag. 1091
Jurisprudencia(Laboral)

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIV, Septiembre de 2011; Pág. 1091
AVISO DE RESCISIÓN DE LA RELACIÓNLABORAL. EL HECHO DE QUE EL TRABAJADOR SE NIEGUE A FIRMAR POR SU RECIBO, OBLIGA AL PATRÓN A AGOTAR EL PROCEDIMIENTO PARAPROCESAL.

El artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo prevé que cuando el trabajador se niegue a recibir el aviso de rescisión de la relación laboral, dentro del plazo relativo, el patrón debe hacerlo del conocimiento de la Junta respectiva solicitando su notificación al trabajador;negativa que también se actualiza ante la falta de firma por su recibo, pues no obstante que el precepto no contempla dicha negativa, la firma es una manifestación que entraña conformidad con efectos jurídicos vinculatorios, es decir, constituye la base para tener por cierto el conocimiento por parte del trabajador de dicho aviso, cumpliendo con la finalidad de que sepa de manera cierta la fechay las causas que motivaron la rescisión de la relación de trabajo y pueda ejercer las acciones que considere pertinentes. Consecuentemente, el hecho de que el trabajador se haya negado a firmar de recibido el referido aviso, obliga al patrón a agotar el procedimiento paraprocesal para su notificación.

SEGUNDA SALA

Contradicción de tesis 140/2011. Entre las sustentadas por el entonces SegundoTribunal Colegiado del Quinto Circuito (actual Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito), el entonces Tribunal Colegiado del Noveno Circuito (actual Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito) y el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito. 6 de julio de 2011. Mayoría de tres votos. Disidentes: Sergio SalvadorAguirre Anguiano y Sergio A. Valls Hernández. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretaria: Estela Jasso Figueroa.
Tesis de jurisprudencia 142/2011. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del diez de agosto de dos mil once.
Suprema Corte de Justicia de la Nación: Pino Suárez 2, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06065, México, D.F.
IDS-18
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Tesis: 2a./J. 101/2010
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Novena Época
164244        25 de 1967
SEGUNDA SALA
Tomo XXXII, Julio de 2010
Pag. 307
Jurisprudencia(Laboral)

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Julio de 2010; Pág. 307
RESCISIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL. SU NOTIFICACIÓN A TRAVÉS DE LA JUNTA SÓLO PRODUCE EFICACIAJURÍDICA DEMOSTRATIVA CUANDO SE ACREDITE QUE PREVIAMENTE SE DIO A CONOCER EL AVISO AL TRABAJADOR Y ÉSTE SE NEGÓ A RECIBIRLO.

Conforme a la interpretación teleológica del artículo 47, antepenúltimo y penúltimo párrafos, de la Ley Federal del Trabajo, y atento a la exposición de motivos de su reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de 1980, la posibilidad de que el patrónsolicite a la Junta la notificación al trabajador del aviso que contiene la fecha y causa o causas de rescisión de la relación laboral, constituye un mecanismo procesal con que aquél cuenta para cumplir la obligación impuesta por el indicado precepto, cuando el empleado se niega a recibir el aviso rescisorio. Por tanto, para que tenga eficacia jurídica demostrativa en el juicio laboral elprocedimiento paraprocesal ofrecido por el patrón demandado con la intención de acreditar que solicitó a la autoridad laboral la notificación del aviso de rescisión, requiere que demuestre que previamente dio a conocer dicho aviso al trabajador y que éste se negó a recibirlo, porque así se justifica la intervención de la Junta.

SEGUNDA SALA

Contradicción de tesis 151/2010. Entre las sustentadas...
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