Jurisprudencias Sobre Alimentos
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CUARTO CIRCUITO.
Amparo en revisión 209/96. Marco Antonio Morales Dorantes. 27 de junio de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Luis A. Cortés Escalante, secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar lasfunciones de Magistrado. Secretario: Luis Manuel Vera Sosa.
Amparo en revisión 274/96. José Álvaro Tec Ruiz. 8 de agosto de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Luis A. Cortés Escalante, secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Luis Manuel Vera Sosa.
Amparo en revisión 297/96. Edgar Ermilo CaamalMartín. 22 de agosto de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Luis A. Cortés Escalante, secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Gonzalo Eolo Durán Molina.
Amparo en revisión 343/96. Gaudencio Cristóbal Figueroa Martín (Recurrente: Juez Primero Penal de Primera Instancia de Cancún, Quintana Roo). 19 deseptiembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Pablo V. Monroy Gómez. Secretario: Francisco J. García Solís.
Amparo en revisión 352/96. Luis Fernelly Escalante Sánchez. 16 de octubre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Luis A. Cortés Escalante, secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: JosefinaMaría de Lourdes Rodríguez Echazarreta.
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Novena Época. Tomo V. Febrero de 1997. Tribunales Colegiados de Circuito. Página 647.
INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE DAR ALIMENTOS, DELITO DE. NO ES INDISPENSABLE PARA SU ACTUALIZACIÓN QUE LA PARTE AGRAVIADA ACUDA PREVIAMENTE A LA VÍA CIVIL. El delito de incumplimiento de la obligación de dar alimentosse actualiza por el hecho de que el infractor omita la aportación de los mismos a quien, conforme a la ley, tiene la necesidad de recibirlos, de lo que queda claro que aun cuando se acredite la existencia de un convenio al respecto, esto no hace indispensable que la parte agraviada deba acudir previamente a la vía civil para poder fincarse la responsabilidad penal del agente, pues no existeningún precepto de ley que disponga tal situación para la procedencia de la querella en el delito de que se trata.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
Amparo en revisión 116/2001. 9 de mayo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Vicente Salazar Vera. Secretaria: Leticia Amelia López Vives.
Amparo en revisión 200/2001. 2 de agosto de 2001. Unanimidad de votos....
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