Justicia electoral
El nuevo Código Electoral promulgado en 1990 (Ley N° 1/90) para remplazar al que se usaba (Ley N° 886/81) introdujo cambios sustanciales sobre todo en los procedimientoselectorales para los candidatos que se postulasen para cargos públicos; en la organización interna de los partidos políticos, en la formación de movimientos y alianzas políticas y en los organismosoficiales encargados de coordinar el proceso electoral. El Código Electoral estipula para el cargo de Presidente para el Ejecutivo y que los candidatos sean civiles, prohíbe la reelección, y elimina elrequisito de la afiliación religiosa, restituyendo el cargo de vicepresidente que había sido restringido en 1940, por lo que los candidatos presidenciales y vicepresidenciales deben postularse comobinomio y son elegidos por el voto directo después de haber obtenido una mayoría simple del electorado.
Se utiliza el sistema D´hont para la distribución de bancas en ambas cámaras basado en laproporción de votos depositados por cada lista partidaria.
Se requirió que los partidos políticos cambiasen sus estatutos y los adaptasen (donde fuera necesario) a lo estipulado en el nuevo CódigoElectoral. Lo más significativo tal vez se refiera a la nominación de candidatos para cargos públicos, los cuales ahora tiene que ser decididos a través del voto directo de sus afiliados (Art. 34). También sereglamentó la edad de sufragio para los afiliados obligando a los partidos políticos a mantener el padrón actualizado de afiliados por distritos, que sería controlado por la Justicia Electoral (Art.51).
El Código Electoral también permite la formación de movimientos electorales, postulaciones independientes y alianzas políticas fuera de las estructuras partidarias convencionales y prohíbe enforma explícita que los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía se afilien a un partido político (Art. 47, 2.d.).
ELECCIONES MUNICIPALES DE 1996
Por primera en la historia del Paraguay se...
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