la fianza
2) Funciones del depositario judicial. Estas funciones tienen que estar en armonía con la naturaleza de los bienesdepositarios. Habrá casos en que no se extiendan más que a las del simple depositario, esto es, a las de conservación y custodia, como sucede, por ejemplo, en el depósito de alhajas; pero si trata desecuestro de inmuebles o de cierta clase de muebles, el depositario tiene más amplias funciones, resultantes de la naturaleza de los bienes que le confían; aparece entonces como un administrador así loexpresan los artículos 482 y 483 del C. de Proc. Pero es un administrador provisional, cuya principal misión es la custodia y conservación, facultando para hacer cuanto se relacione con esta exclusivafinalidad. Al cesar en sus funciones, el depositario debe rendir cuentas de su gestión, especialmente de los frutos que ha recibido (Art. 498 C. de Proc.).
3) Responsabilidad del depositariojudicial. Dice el Art. 1970 del C. Civil: “El depositario de bienes secuestrados está obligado a cumplir respecto de ellos todas las obligaciones de un buen padre de familia”, y como según el Art. 1362 p.3 “La culpa leve se opone a la diligencia y cuidado de un buen padre de familia”, tenemos que concluir que el depositario judicial responde hasta de culpa leve en el cumplimiento de sus obligaciones.4) Remuneración del depositario judicial. Conforme al Art. 499 C, Proc., en la misma sentencia en que el juez resuelva sobre la rendición de cuentas del depositario, fijara el honorario de este...
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