La Piedra
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LOS RESPONSABLES: (Art. 25)
Son Todas aquellas personas que por mandato de la Ley están obligadas al cumplimiento de la prestación tributaria sin ser deudores de la obligación. Es el tercero que se encuentra ajeno al acaecimiento del hecho imponible, pero a quien la Ley ordena pagar el tributo derivado de tal acaecimiento por tener algunavinculación económica o jurídica con el deudor directo o contribuyente.
LEGAL
I. REPRESENTACIÓN SOLIDARIA
(Art. 28)VOLUNTARIA
II. DIRECTOS 1.- Agente de Retención RESPONSABLE (Art. 27)
2.- Agente de percepciónHerd. Univ.
Personas Naturales
III. SUCESORES (Art. 24) Herd. Part.
(Art. 29)Personas Jurídicas Fusión
(Art.24-29) Adquisición
I. RESPONSABLES POR REPRESENTACIÓN LEGAL
(Art. 28.1.2.3.5.6)
❖ Los padres, tutores, curadores de los incapaces
❖ Los directores, gerentes, administradores de personas jurídicas.
❖ Lossíndicos y liquidadores de las quiebras; los liquidadores de sociedades, los administradores de las sucesiones, los interventores de sociedades.
❖ Los socios y accionistas de sociedades liquidadas.
I. RESPONSABLES POR REPRESENTACIÓN VOLUNTARIA (Art. 28.4)
❖ Los mandatarios de los contribuyentes
La responsabilidad en ambos casos es:
Solidaria: Conjuntamente con elcontribuyente Limitada Al monto de los bienes que reciban, administren o dispongan. Permanente: Subsiste aún cuando haya cesado la representación o extinguido el mandato.
II. RESPONSABLES DIRECTOS (Art. 27)
AGENTE DE RETENCIÓN
Es un deudor del contribuyente. Es un sujeto que se haya en contacto directo con un importe dinerario de propiedad del contribuyente, ante la cual tiene laposibilidad de detraer la parte que le corresponde al Fisco.
AGENTE DE PERCEPCIÓN
Es un acreedor del contribuyente. Es un sujeto que se haya en situación que le permite recibir del contribuyente un monto tributario que luego enterará al Fisco.
III. RESPONSABLES COMO SUCESOR (Art. 24)
• Persona Natural:
Herederos * Ejercen losDerechos
Universales * Cumplen las Obligaciones
Herederos
Particulares * Ejercen los Derechos
• Persona Jurídicas:
❖ En caso de fusión, la nueva empresa o la que subsiste
❖ Los adquirentes de fondos de comercio
❖ Los adquirentes de activosy pasivos de empresas
Esta responsabilidad será solidaria y estará limitada por el monto de los bienes que se adquieran, salvo por dolo o culpa grave, en cuyo caso, la responsabilidad será ilimitada. No Permanente por un (1) año a partir de la comunicación a la Administración Tributaria de la operación de compra.
SOLIDARIDAD TRIBUTARIA:
Existe solidaridad tributaria cuando la ley...
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