La Prenda Civil en nuestra legislaci n

Páginas: 10 (2270 palabras) Publicado: 4 de septiembre de 2015
DOCTRINA
CONCEPTO
La prenda es un derecho real de garantía que tiene como función el asegurar al acreedor el cumplimiento y satisfacción de su crédito, mediante un poder especial que se le confiere sobre la cosa dada en garantía. Según el Código Civil el contrato de prenda se establece: “Por el contrato de empeño o prenda se entrega una cosa mueble a un acreedor para la seguridad de su crédito”(Art. 2134)
La prenda es un derecho real accesorio de garantía que tiene como función accesoria el asegurar al acreedor el cumplimiento y satisfacción de su crédito, mediante un poder especial que se le confiere sobre la cosa pignorada (dada en garantía).

Legislación y concordancia
Arto. 3728.- El deudor puede asegurar el cumplimiento de su obligación entregando al acreedor o a quien lerepresente, algún objeto mueble para que le sirva de garantía. Esto es lo que se denomina prenda.
Artos. 1985, 3343, 3871 C.; 506, 617 C.C.
Concordancias del Còdigo Civil
Arto. 1985.- La cláusula penal es aquella en que una persona, para asegurar el cumplimiento de una obligación, se sujeta a una pena, que consiste en dar o hacer algo en caso de no ejecutar o de retardar la obligación principal. Artos.2437, 2525, 3728 C.; B.J. pág. 5691

Arto. 3343.- Podrá el mandatario retener en prenda los objetos que se le hayan entregado por cuenta del mandante, en seguridad de las prestaciones a que éste estuviere obligado por su parte.
Arto. 1924, 3487, C. ; B. J. pág. 4914 Cons. VII.

Arto. 3871.- Si el inmueble hipotecado tiene edificios y éstos son destruidos y la hipoteca sólo subsiste sobre el suelo, yno sobre los materiales que formaban el edificio. Si éste es Reconstruido la hipoteca vuelve a gravarlo. Artos. 600, 3774, 3776, 3778, 3838 C.; Artos. 47 y sigts. Reglamento del Registro Público.

Concordancias del Código de Comercio
Arto. 506. Se reputará mercantil la prenda constituida para garantizar un acto de comercio. Se reputará mercantil la prenda constituida por un comerciante, a menosque se pruebe lo contrario. (Arto. 3728 C.)
Arto. 617. Cuando un endoso contiene la expresión en garantía, valor en prenda, o cualquiera otra expresión que implique constitución de prenda, el portador podrá ejercitar todos los derechos que se deriven de la letra de cambio, pero el endoso que haga sólo valdrá como endoso a título de mandato.(Artos. 508 C.C.; 3728, 3734 C.)


Arto. 3732.- El acreedor prendario tiene el derecho de ser pagado con el precio de la cosa que se le dio en prenda antes que los demás acreedores. Artos. 2347 nº 2° C.; 469, 478, 500, 501 C. C. Para gozar del derecho de prelación se requiere que la prenda permanezca en poder del acreedor o de la persona que debaguardarla según el contrato. Artos. 1441, 1456, 1768, 1793, 1800, 2137, 2138, 3737, 3740, 3766, 3768 C.; 502, 510, 517 C.C. B.J. pág. 6367 Cons. II

Concordancia del Código Civil
Arto. 2347.- Tienen acción para exigir por las vías comunes, separadamente del concurso, el pago de sus respectivos créditos, con preferencia sobre todos los demás acreedores, excepto los que 1o sean de la masa, según elCapítulo anterior, los siguientes: Artos. 2270, 2297 C.; 1903 Pr. (2º) El acreedor pignoraticio, sobre el precio de la cosa dada en prenda.
Arto. 3732 C.
Arto. 1441.- El que ha perdido o le ha sido hurtada o robada una cosa mueble, puede reivindicarla aunque se halle en un tercer poseedor de buena fe. En los dos últimos casos podrá reivindicarse, aunque el poseedor haya obtenido la cosa por venta enpública subasta.

Arto. 1456.- El acreedor que de buena fe ha recibido en prenda una cosa, puede oponer contra el reivindicante todas las excepciones que creyere convenientes para la defensa de ella, mientras no se le haya satisfecho su crédito.

Arto. 1768.- La posesión de buena fe de una cosa mueble da a favor del poseedor la presunción de tener la propiedad de ella, y el poder de repeler...
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