La prohibición del salir del país
Por: Dr. Galo García Carrión
Creo que no me equivoco al afirmar que todos hemos presenciado o sufrido en carne propia, el drama del viajero a quien se letrunca un viaje mediante una orden de prohibición de salir del país impuesta por un funcionario llamado juez de coactivas del I.E.S.S, de la Universidad de Guayaquil, del S.R.I., de la C.A.E., de laA.G.D., del Municipio, Superintendencia de Compañías, o hasta de un banco en liquidación, a manera de medida cautelar dispuesta dentro de un Juicio Coactivo e impuesta junto con todas las otras medidascautelares que se encuentran dispersas en la legislación ecuatoriana.
Resulta que, con el advenimiento de la nueva Constitución de la República, la aplicación de esta medida, se verá restringidaexclusivamente a la potestad judicial. Explico:
En el Capítulo Sexto de la Constitución de la Republica del Ecuador, que trata sobre los Derechos de Libertad, se consagra el de transitar libremente porel territorio nacional, así como el de entrar y salir libremente del país, y además, se limita la posibilidad de dictar la medida de “prohibición de salir del país”, a la exclusiva potestad de losjueces competentes.
Este precepto constitucional que se encuentra en el Art. 66 N| 14, nos remite obligatoriamente a revisar el contenido del Código Orgánico de la Función Judicial, cuyo textodelimita el ámbito de la jurisdicción y competencia de los jueces y juezas, de cuyo estudio resulta que, ninguno de los funcionarios de las instituciones mencionadas al inicio y que están encargados delcobro coactivo de las deudas a dichas instituciones, puede ser considerado JUEZ COMPETENTE.
De manera que, los llamados Jueces de Coactiva del I.E.S.S., Universidad de Guayaquil, C.A.E.; S.R.I.,A.G.D., etc., no son Jueces Competentes, y por lo tanto, no están autorizados, no pueden ordenar la prohibición de salir del país.
La Constitución de la República del Ecuador ya va a cumplir un año...
Regístrate para leer el documento completo.