la puerta negra
LEY QUE REGULA LA OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS
ESTABLECIMIENTOS DESTINADOS A LA FABRICACIÓN, ENVASAMIENTO,
DISTRIBUCIÓN, ALMACENAMIENTO, TRANSPORTACIÓN, VENTA Y
CONSUMO DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO EN EL ESTADO DE
SONORA.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1º.- La presente Ley es de orden e interés públicos y de observancia general en el territorio delEstado de
Sonora, y tiene por objeto:
I.- Regular la operación y funcionamiento de los establecimientos destinados a la fabricación, envasamiento,
almacenamiento, distribución, transportación, venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico;
II.- Normar lo relativo a los actos administrativos que se requieren para la apertura y operación de los
establecimientos a que se refiere lafracción anterior, así como para la transportación, venta y consumo de las bebidas
con contenido alcohólico;
III.- Establecer las bases de coordinación entre el Estado y los municipios, y la participación de los sectores social y
privado, en las actividades reguladas por la presente Ley; y
IV.- Combatir la operación y funcionamiento de establecimientos clandestinos destinados a la fabricación,envasamiento, almacenamiento, distribución, transportación, venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico.
ARTÍCULO 2º.- Para los efectos de esta Ley se entenderá por:
I.- Secretaría: la Secretaría de Hacienda;
II.- Licencia o Permiso: la autorización que otorga el Ejecutivo del Estado por conducto de la Secretaría, para la
operación y funcionamiento de los establecimientos destinados a lafabricación, envasamiento, almacenamiento,
distribución, transportación, venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico en las distintas modalidades y
giros que la misma establece;
III.- Permisionario: la persona física o moral titular de una autorización expedida conforme a las disposiciones de la
presente Ley;
IV.- Establecimiento: lugar donde habitualmente se fabrican, envasan, almacenandistribuyen, venden o se consumen
bebidas con contenido alcohólico en las distintas modalidades y giros que esta Ley establece;
V.- Bebidas con contenido alcohólico: todo líquido potable cuya graduación a la temperatura de 15 grados
centígrados exceda de 2 grados Gay Lussac hasta 55 grados Gay Lussac;
VI.- Bebidas de alto contenido alcohólico: aquéllas cuyo contenido alcohólico sea superior alos 6 grados Gay Lussac
hasta los 55 grados Gay Lussac; a estas bebidas podrá denominarse, indistintamente, como vinos y licores;
VII.- Bebidas de bajo contenido alcohólico: aquéllas cuyo contenido alcohólico sea inferior a los 6 grados Gay
Lussac; en esta denominación queda comprendida la cerveza;
VIII.- Cerveza: aquélla bebida fermentada, elaborada con granos de cebada u otros cerealesgerminados y
fermentados, malta, fécula, lúpulo, levadura y agua, siempre que su contenido alcohólico sea inferior a los 6 grados
Gay Lussac; y
IX.- Productos no potables: aquéllas bebidas cuyo contenido alcohólico sea mayor de 55 grados Gay Lussac, los
cuales no se autorizarán para su venta o suministro al público, para su ingestión directa.
En la presente Ley, a las bebidas señaladas en lasfracciones VI, VII y VIII que anteceden, se les denominará,
genéricamente, como bebidas con contenido alcohólico.
ARTÍCULO 3º.- En ningún caso y de ninguna forma se podrá expender o suministrar las bebidas descritas en el
Artículo anterior a menores de 18 años.
ARTÍCULO 4º.- Para la apertura y funcionamiento de los establecimientos a que se refiere esta Ley, se requerirá de
licencia queexpedirá el Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría, en los términos y con los requisitos
previstos en este ordenamiento.
Los establecimientos o lugares que expendan bebidas con contenido alcohólico sin contar con la licencia a que se
refiere este artículo, se harán acreedores a las sanciones que señala la presente Ley. Independientemente de lo
anterior, se considerarán como lugares...
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