Las Caras De Weber
ACTO ADMINISTRATIVO: actuación administrativa en el ejercicio de las potestades contempladas en una norma, con consecuencias jurídicas. No se puede confundir con el reglamento: el reglamento forma parte del ordenamiento jurídico, mientras que el acto administrativo es la aplicación de dicho ordenamiento; el reglamento tiene un destinatarioabstracto, mientras que el acto tiene un destinatario concreto; el acto administrativo se agota en su aplicación, mientras que la disposición pervive en el ordenamiento jurídico.
ACTO FIRME: el que no admite recurso, bien por el transcurso del plazo para impugnarlo, bien por haber interpuesto todos los recursos posibles.
ACTO QUE AGOTA LA VÍA ADMINISTRATIVA: el que no se puede recurrir en víaadministrativa, aunque sí en la vía contencioso-administrativa.
ADMINISTRACIÓN PUBLICA: conjunto de medios materiales, humanos y financieros del Estado; personificación jurídica del Estado; organización jerárquica y burocratizada que gestiona el Estado.
ANULABILIDAD: ausencia de validez por incumplimiento reparable de los requisitos establecidos en la norma; es subsanable.
ARBITRARIEDAD:consiste en la actuación caprichosa de los poderes públicos.
DERECHO ADMINISTRATIVO: rama del ordenamiento jurídico que regula la Administración Pública en cuanto a: organización, estructura y personal, potestades y privilegios, régimen jurídico de su actividad, orientación a la satisfacción del interés público y sistema de garantías de los administrados.
DERECHO: orden de la convivenciahumana, inspirado en criterios de justicia; sistema que encauza y da solución a los conflictos de intereses entre personas y grupos; técnica de organización social basada en normas de obligado cumplimiento.
DERECHOS DEL CIUDADANO ANTE LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA: conocer el estado de tramitación de los procedimientos, identificar a los funcionarios, obtener copia sellada, utilizar las lenguasoficiales, formular alegaciones, aportar pruebas, no presentar documentos no exigidos, obtener información y orientación, acceso a archivos y registros, ser tratado con respeto y deferencia, exigir responsabilidades (art. 35 LPC).
DISCRECIONALIDAD: libertad de elección entre alternativas igualmente válidas, entre indiferentes jurídicos permitidos por la norma.
EFICACIA: producción de efectos;habitualmente es inmediata a la notificación o publicación, pero puede ser también retroactiva o demorada.
EJECUCIÓN FORZOSA: medios que pone el ordenamiento jurídico al alcance de la Administración para la ejecución del acto ante la resistencia activa o pasiva del obligado, prescindiendo del recurso al juez (autotutela); estos medios son el apremio sobre el patrimonio, la ejecución subsidiaria,la multa coercitiva y la compulsión sobre las personas.
EJECUTIVIDAD: todos los actos administrativos son de obligado cumplimiento.
EJECUTORIEDAD: los actos administrativos incumplidos por el administrado son ejecutados por la Administración, incluso ante su resistencia y a su costa.
ESTADO: poder político institucionalizado, organización de una comunidad política en torno a un territorio.España es un Estado social y democrático de Derecho. Elementos: soberanía, ciudadanía, territorio, instituciones y ordenamiento jurídico.
GOBIERNO: órgano colegiado rector de la Administración Pública; el Presidente y sus Ministros reunidos en Consejo; ostenta el Poder Ejecutivo.
INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA: conducta contraria al ordenamiento jurídico administrativo que está tipificada comofalta en una norma legal.
JERARQUÍA NORMATIVA: subordinación de unas normas a otras; de todas a la Constitución, de los reglamentos a la Ley y de unos reglamentos a otros, según el órgano del que emanan.
JURISPRUDENCIA: conjunto de criterios de interpretación de las normas establecidos por los Tribunales de Justicia de forma reiterada.
MOTIVACIÓN: razonamiento fáctico y jurídico en que...
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