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Páginas: 24 (5778 palabras) Publicado: 12 de noviembre de 2012
EXP. N.° 00027-2011-PHC/TC
CAÑETE
FLORENTINO JAIME
ZAVALA MATEO
 
 
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
 
En Lima, a los 19 días del mes de abril de 2011, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, integrada por los magistrados Eto Cruz, Vergara Gotelli y Urviola Hani, pronuncia la siguiente sentencia
 
ASUNTO
 
Recurso de agravio constitucional interpuesto por donFlorentino Jaime Zavala Mateo contra la resolución emitida por la Sala Penal Superior Transitoria Liquidadora de Cañete, de fojas 146, su fecha 2 de noviembre de 2010, que declara improcedentela demanda de hábeas corpus de autos.
 
ANTECEDENTES
 
Con fecha 4 de octubre de 2010 el recurrente interpone demanda de hábeas corpus contra los vocales integrantes de la Sala Penal SuperiorTransitoria Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Cañete, señores Martínez Meza, Cama Quispe y Polanco Tintaya, solicitando se declare la nulidad de la Resolucion de fecha 29 de setiembre de 2010, que confirmando la apelada declaró la improcedencia de su solicitud de semilibertad, lo que afecta sus derechos al debido proceso y a la debida motivación de las resoluciones judiciales en conexidad conla libertad individual.
 
Refiere que en el proceso penal que se le siguió por el delito de omisión a la asistencia familiar se le condenó a 2 años de pena privativa de libertad efectiva. Expresa que no se ha tomado en cuenta el dictamen fiscal que opinaba por la procedencia de su pedido. Asimismo señala que la Sala emplazada inicialmente estaba integrada por vocales diferentes delos que han resuelto la resolución cuestionada, lo que ha afectado su derecho al juez natural. Finalmente afirma que la resolución cuestionada carece de una debida motivacion, puesto que los emplazados han fundamentado su decision de manera incoherente e irracional. 
 
Realizada la investigacion sumaria el recurrente se ratifica en el contenido de su demanda. Por su parte losemplazados expresan que la resolución cuestionada se encuentra debidamente motivada, agregando que han realizado un análisis del comportamiento del actor durante todo el proceso penal.
 
El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria declara la improcedencia de la demanda en atención a que el recurrente pretende la revaloración de los medios probatorios presentados en su solicitud de semilibertad.
 
La Sala Superior revisora confirma la apelada por similares argumentos. 
 
FUNDAMENTOS
 
1.        El objeto de la demanda es que se declare la nulidad de la Resolución de fecha 29 de setiembre de 2010, que confirmando la apelada declaró la improcedencia de su solicitud de semi libertad (Incidente N° 2008-890), puesto que: i) no se tomó en cuenta el dictamenfiscal que opinó por la procedencia del pedido de semi libertad; ii) la conformación inicial de la sala emplazada fue variada; y iii) la resolución cuestionada no se encuentra debidamente motivada, afectándose así sus derechos al juez natural, al debido proceso y a la debida motivación de las resoluciones judiciales en conexidad con la libertad individual.
 
2.        Respecto al primer extremoeste Colegiado ha señalado en reiterada jurisprudencia que cualquier afectación que se denuncie a través del proceso constitucional de hábeas corpus debe incidir negativamente en el derecho a la libertad individual o derechos conexos, situación que no se presenta en este extremo de la demanda, puesto que el cuestionamiento realizado por el recurrente se encuentra referido a que los vocales emplazadosno han tomado en cuenta el dictamen fiscal que opinó por la procedencia de su solicitud de semilibertad, pretensión que excede el objeto del citado proceso constitucional. Por lo expuesto este extremo de la demanda debe ser desestimado. 
 
3.        En cuanto al segundo extremo de la demanda referido a la afectación al derecho al juez natural que arguye el actor, este Colegiado ha señalado...
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