legal
Art. 343.- El sistema nacional de educación tendrá como finalidad el desarrollo de capacidades y potencialidades individuales y colectivas de la población, que posibiliten elaprendizaje, y la generación y utilización de conocimientos, técnicas, saberes, artes y cultura. El sistema tendrá como centro al sujeto que aprende, y funcionará de manera flexible y dinámica, incluyente,eficaz y eficiente.
El sistema nacional de educación integrará una visión intercultural acorde con la diversidad geográfica, cultural y lingüística del país, y el respeto a los derechos de lascomunidades, pueblos y nacionalidades.
Concordancias:
CODIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, Arts. 44
Art. 344.- El sistema nacional de educación comprenderá las instituciones, programas, políticas, recursos yactores del proceso educativo, así como acciones en los niveles de educación inicial, básica y bachillerato, y estará articulado con el sistema de educación superior.
El Estado ejercerá la rectoríadel sistema a través de la autoridad educativa nacional, que formulará la política nacional de educación; asimismo regulará y controlará las actividades relacionadas con la educación, así como elfuncionamiento de las entidades del sistema.
Art. 345.- La educación como servicio público se prestará a través de instituciones públicas, fiscomisionales y particulares.
En los establecimientoseducativos se proporcionarán sin costo servicios de carácter social y de apoyo psicológico, en el marco del sistema de inclusión y equidad social.
Art. 346.- Existirá una institución pública, con...
Regístrate para leer el documento completo.