Legislacion Salud Ocupacional 1
PROFESIONALES
LEGISLACIÓN EN SALUD
OCUPACIONAL
31 de Noviembre de 2009
ARP SURA
Legislación en Salud Ocupacional
•
Código sustantivo de trabajo
Resolución 1607 de 2002
•
Ley 9ª de 1979
Resolución 1401 de 2007
•
Resolución 2400 de 1979
Resolución 2346 de 2007
•
Decreto 614 de 1984
Resolución 1956 de 2008
•
Resolución 2013 de 1986
Resolución 1956 de 2008
•
Resolución 1016de 1989
Resolución 2646 de 2008
•
Decreto ley 1295 de 1994
Resolución 1918 de 2009
•
Resolución 1530 de 1996
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PRESEGURIDAD
Código sustantivo de trabajo
La finalidad primordial de este Código es la de lograr la justicia en
las relaciones que surgen entre empleadores y trabajadores,
dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social.
Articulo 57. Obligaciones especialesdel empleador.
1.
Poner a disposición de los trabajadores, salvo estipulación en
contrario, los instrumentos adecuados y las materias primas
necesarias para la realización de las labores.
2.
Procurar a los trabajadores locales apropiados y elementos
adecuados de protección contra los accidentes y enfermedades
profesionales en forma que se garanticen razonablemente la
seguridad y la salud.
3PRESEGURIDAD
Código sustantivo de trabajo
Articulo 58. Obligaciones especiales de los trabajadores.
7a.
Observar con suma diligencia y cuidado las instrucciones y
órdenes preventivas de accidentes o de enfermedades
profesionales.
Artículo 200. Definición de enfermedad profesional. Se entiende por
enfermedad profesional todo estado patológico que sobrevenga
como consecuencia obligada de la clasede trabajo que
desempeña el trabajador o del medio en que se ha visto obligado a
trabajar, bien sea determinado por agentes físicos, químicos o
biológicos.
Las enfermedades endémicas y epidémicas de la región sólo se
consideran como profesionales cuando se adquieren por los
encargados de combatirlas por razón de su oficio.
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PRESEGURIDAD
Código sustantivo de trabajo
Articulo 221. Aviso quedebe dar el accidentado.
Todo trabajador que sufra un accidente de trabajo esta en la
obligación de dar inmediatamente aviso al empleador o a su
representante. El empleador no es responsable de la agravación
de que se presente en las lesiones o perturbaciones, por razón de
no haber dado el trabajador este aviso o haberlo demorado sin
justa causa.
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PRESEGURIDAD
Ley 9ª de 1979
Por la cual sedictan Medidas Sanitarias
TITULO III
Salud ocupacional
Artículo 80. Para preservar, conservar y mejorar la salud de los
individuos en sus ocupaciones la presente Ley establece normas
tendientes a:
a)
Prevenir todo daño para la salud de las personas, derivado de las
condiciones de trabajo;
b)
Proteger a la persona contra los riesgos relacionados con agentes
físicos, químicos, biológicos, orgánicos,mecánicos y otros que
pueden afectar la salud individual o colectiva en los lugares de
trabajo;
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PRESEGURIDAD
Ley 9ª de 1979
c)
Eliminar o controlar los agentes nocivos para la salud en los
lugares de trabajo;
d)
Proteger la salud de los trabajadores y de la población contra los
riesgos causados por las radiaciones;
e)
Proteger a los trabajadores y a la población contra los riesgos parala salud provenientes de la producción, almacenamiento,
transporte, expendio, uso o disposición de sustancias peligrosas
para la salud pública.
Artículo 82. Parágrafo. Los contratistas que empleen trabajadores por
este solo hecho, adquieren el carácter de empleadores para los
efectos de este Título y sus reglamentaciones.
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PRESEGURIDAD
Ley 9ª de 1979
Artículo 84. Todos los empleadores estánobligados a:
a)
Proporcionar y mantener un ambiente de trabajo en adecuadas
condiciones de higiene y seguridad, establecer métodos de trabajo
con el mínimo de riesgos para la salud dentro de los procesos de
producción;
b)
Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la presente Ley y
demás normas legales relativas a Salud Ocupacional;
c)
Responsabilizarse de un programa permanente de...
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