Ley 25239
Para determinar si corresponde su inscripción en este Régimen, sedebe evaluar cuántas horas trabaja por semana y, de acuerdo al resultado, se debe abonar los siguientes importes mensuales:
- Menos de 6 horas semanales: no se paga nada
- Entre 6 horasy menos de 12: $ 8 de aporte y $ 12 de contribuciones (total $ 20,00)
- De 12 horas a menos de 16: $ 15 de aporte y $ 24 de contribuciones (total $ 39,00)
- Más de 16: $ 60,00 de aporte(desde ene'2011) y $ 35 de contribuciones (total $ 95,00)
El "aporte" es el que realiza la persona trabajadora y la "contribución" es que abona el "dador de trabajo". Los aportes tienen como destinoel Sistema Nacional del Seguro de Salud y las contribuciones el Régimen Público de Reparto del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.
Por tal motivo, salvo en el caso de las personas quetrabajan menos de 6 horas semanales, en el resto de los casos existe la obligación legal de inscribirlo dentro del Régimen Especial y abonarle, por lo menos, lo que el Ministerio de Trabajo, Empleo ySeguridad Social indica.
En realidad para acceder a una obra social deberá aportar, desde el período enero'2011, $ 60 (sin importar las horas de trabajo mensuales) y otros $ 60 por cada familiaradicional que sume a su cobertura de salud.
Es decir, cuando el aporte del trabajador con destino al Régimen del Seguro Nacional de Salud fuere inferior a la suma de $ 60,00, éste podrá ingresar ladiferencia hasta alcanzar dicha suma, para acceder al Programa Médico Obligatorio.
Obra Social para empleados domésticos
[pic]
Las empleadas domésticas que están registradas pueden elegircualquier obra social nacional. Y cambiar de entidad una vez por año si no están satisfechas con el servicio médico que reciben o por cualquier otra causa.
Las empleadas domésticas que no elijan la obra...
Regístrate para leer el documento completo.