Ley De La Cnbs Honduras
Circular CNBS 040/2009
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30 de junio de 2009
SISTEMA FINANCIERO NACIONAL
Toda la República
CIRCULAR CNBS No.040/2009
Señores:
El infrascrito Secretario a.i. de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, transcribe a
ustedes la Resolución No.962/30-06-2009 de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros,
que literalmente dice:
“RESOLUCIÓNNo.962/30-06-2009.- La Comisión Nacional de Bancos y Seguros,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con las facultades legales concedidas a la
Comisión Nacional de Bancos y Seguros, respecto a las
instituciones del sistema financiero y demás instituciones
supervisadas; ésta emitirá las normas prudenciales que
deberán cumplir las mismas, basándose en la legislación
vigente y en los acuerdos yprácticas internacionales.
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, mediante
Resoluciones 845/14-10-2002 y 320/04-03-2003, aprobó y
reformó respectivamente las “NORMAS PARA EL REGISTRO
DE EVALUADORES DE ACTIVOS MUEBLES E INMUEBLES,
OTROS ACTIVOS Y GARANTÍAS DE CRÉDITOS DE LAS
INSTITUCIONES SUPERVISADAS”.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con los requerimientosrealizados por los
valuadores y, en atención a las disposiciones establecidas en
los marcos normativos de los Colegios Profesionales de la
República de Honduras, relacionados al área de valuación de
bienes muebles e inmuebles, sobre el alcance y tipos de
trabajo que pueden realizar los profesionales colegiados, se
hace necesario revisar y actualizar las Normas antes referidas.
CONSIDERANDO:
Quela Comisión Nacional de Bancos y Seguros a efecto de dar
cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 41 de la Ley de
Procedimiento Administrativo, remitió a la Procuraduría General
de la República, el proyecto de “NORMAS PARA EL
REGISTRO DE VALUADORES DE ACTIVOS MUEBLES E
INMUEBLES, OTROS ACTIVOS Y GARANTÍAS DE
CRÉDITOS DE LAS INSTITUCIONES SUPERVISADAS”, a
efecto de que dicha Entidad emitael dictamen correspondiente.
Comisión Nacional de Bancos y Seguros
Circular CNBS 040/2009
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CONSIDERANDO:
Que la Procuraduría General de la República, mediante
Certificación de fecha 17 de junio de 2009, comunicó a la
Comisión Nacional de Bancos y Seguros el DICTAMEN
No.PGR-DNC-023-2009, pronunciándose en forma favorable
sobre el Expediente Administrativo No.OT-17042007-87,
contentivo del proyecto de Normas en mención.
POR TANTO:
Con fundamento en los artículos 6 y 13, numerales 2) y 24) de
la Ley de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros; y, 41 de
la Ley de Procedimiento Administrativo; en sesión del 30 de
junio de 2009;
RESUELVE:
1.
Aprobar las siguientes normas, las cuales se leerán así:
NORMAS PARA EL REGISTRO DE VALUADORES DE ACTIVOSMUEBLES E
INMUEBLES, OTROS ACTIVOS Y GARANTÍAS DE CRÉDITOS DE LAS
INSTITUCIONES SUPERVISADAS
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Objeto
Las presentes Normas tienen por objeto regular:
1.
La inscripción de personas naturales y jurídicas en el Registro de Valuadores
de Activos Muebles e Inmuebles, Otros Activos y Garantías de Créditos de las
Instituciones Supervisadas;
2.
Elproceso de contratación de los servicios profesionales ofrecidos por las
personas inscritas en dicho Registro; y,
3.
El contenido mínimo de los informes de avalúos realizados por los valuadores
debidamente inscritos en el Registro antes citado.
Artículo 2.- Alcance
Las presentes Normas son aplicables para la valuación de activos muebles e
inmuebles y garantías otorgadas por un deudor osolicitante de crédito a favor de
las instituciones supervisadas por la Comisión, como respaldo sobre las emisiones
de títulos valores y garantías de créditos concedidos por dichas entidades.
Las instituciones supervisadas están obligadas a requerir los trabajos de valuación
cuando el valor del activo mueble o inmueble declarado como respaldo por el
deudor o solicitante del crédito, resulte mayor...
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