Ley de Lavado de dinero; Actividad Vulnerable: Mutuo, prestamos o créditos.
Mutuo, préstamos o créditos
IV.- El ofrecimiento habitual o profesional de operaciones de mutuo o de garantía o
de otorgamiento de préstamos o créditos, con o sin garantía,por parte de sujetos
distintos a las Entidades Financieras.
1.- A partir del 01 de septiembre de 2013, se deberán de integrar los expedientes de
identificación de Clientes o Usuarios por elsimple hecho de su realización, es decir, en
todos los casos.
2.- Alta y registro ante el Servicio de Administración Tributaria, a partir del 01 de octubre
de 2013, y en caso de ser persona moral,deberá designarse un representante para el
cumplimiento, en términos del artículo 20 de la Ley.
3.- A partir del 31 de octubre de 2013, presentar Avisos a más tardar el día 17 del mes
siguiente en el quese realizó el acto u operación a la Unidad de Inteligencia Financiera,
por conducto del SAT, cuando el monto del acto u operación sea igual o superior al
equivalente a ocho mil veinticinco veces elsalario mínimo vigente en el Distrito Federal,
($103,939m.n.), en caso de no llevar ningún acto u operación que sea objeto de Aviso
durante el mes que corresponda, deberá de remitir un informeseñalando que en el
periodo correspondiente no se realizaron actos u operaciones objeto de Aviso.
También se deberá de dar seguimiento y agrupar todos los actos u operaciones en un periodo de 6
meses,para el caso en que el monto acumulado supere el umbral de Aviso de $103,939 m.n.
5.- Brindar las facilidades necesarias para que se lleven a cabo las visitas de verificación
por parte del SAT.
6.-Contar con un documento en el que desarrollen sus lineamientos de identificación de
Clientes y Usuarios, así como los criterios, medidas y procedimientos internos para dar
cumplimiento a loestablecido en la Ley, su Reglamento, Reglas de Carácter General y
demás disposiciones que de ellas emanen.
Página 1
4.- Custodiar, proteger, resguardar y evitar la destrucción u ocultamiento de la...
Regístrate para leer el documento completo.