Ley de niños y niñas edo. de veracruz
TEXTO ORIGINAL.
Ley publicada en el Número Extraordinario 390 a la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz, el 25 de noviembre de 2008.
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio dela Llave.
"Año del Centenario del Natalicio del Dr. Gonzalo Aguirre Beltrán".
Xalapa-Enríquez, Ver., a 20 de noviembre de 2008.
Oficio número 392/2008
Fidel Herrera Beltrán, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, a sus habitantes sabed:
Que la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado se ha servido dirigirme la siguienteLey para su promulgación y publicación:
Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo.-Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave.
LA SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN I Y 38 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICALOCAL; 18 FRACCIÓN I Y 47 SEGUNDO PÁRRAFO DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO; 75 Y 76 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL PODER LEGISLATIVO; Y EN NOMBRE DEL PUEBLO EXPIDE LA SIGUIENTE:
LEY NÚMERO 299
DE PROTECCIÓN DE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE.
TÍTULO PRIMERO
CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALESArtículo 1. La presente Ley es de orden público, interés social y de observancia general dentro del territorio del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y tiene por objeto garantizar la protección integral de niñas, niños y adolescentes, así como el respeto a sus derechos fundamentales y las garantías individuales reconocidos en las disposiciones constitucionales relativas y tratadosinternacionales.
Artículo 2. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por niñas y niños las personas de hasta doce años incompletos, y por adolescentes las que tienen entre doce años cumplidos y dieciocho años incumplidos.
Artículo 3. La protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes tiene como objetivo asegurarles la oportunidad de desarrollarse de manera plena e integral, en condiciones deigualdad y respeto.
Son principios rectores de la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes:
I. El del interés superior de la infancia, para garantizar a niñas, niños y adolescentes el ejercicio y disfrute de los derechos reconocidos;
II. El de no discriminación por ninguna razón ni circunstancia;
III. El de igualdad, sin distinción de raza, edad, sexo, religión,idioma, opinión política o de cualquier otra índole, origen étnico, nacional o social, posición económica, discapacidad, circunstancias de nacimiento o cualquiera otra condición suya o de sus ascendientes, tutores o, en su caso, representantes legales;
IV. El de vivir en familia, entendida ésta como espacio básico y primordial para su desarrollo;
V. El de la tutela y protección del Estado ysociedad;
VI. El de respeto a sus derechos humanos y jurídicos;
VII. El de seguridad social; y
VIII. El de participación en asuntos de su interés.
Artículo 4. El Gobierno del Estado y los Ayuntamientos establecerán los lineamientos y las bases a través de los cuales instrumentarán las políticas públicas en materia de asistencia, prevención y protección de los derechos de niñas, niños yadolescentes, para lo que señalarán las prevenciones presupuestales necesarias.
Las autoridades estatales y municipales celebrarán los convenios que permitan la adecuada coordinación intergubernamental, así como la instrumentación de programas que garanticen el desarrollo armónico de niñas, niños y adolescentes.
El Gobierno del Estado y los Ayuntamientos, para cumplir los objetivos de esta...
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