Ley de participacion ciudadana
DECRETA
La siguiente,
LEY DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO,
PRIMERO:Se modifica el artículo 51 de la siguiente forma: Artículo 51. El Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva de la República, el Presidente o Presidenta del Consejo Federal de Gobierno, losMinistros o Ministras, el Presidente o Presidenta de el Asamblea Nacional, el Presidente o Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, el Presidente o Presidenta del Consejo Moral Republicano, elContralor o Contralora General de la República, el o la Fiscal General de la República, el Defensor o Defensora del Pueblo, el Presidente o Presidenta del Consejo Nacional Electoral, el Procurador oProcuradora General de la República, el o la Superintendente Nacional de Auditoria Interna y las máximas autoridades de los entes descentralizados sin fines empresariales, serán los ordenadores uordenadoras de compromisos y pagos en cuanto al presupuesto de cada uno de los entes u organismos que dirigen. Dichas facultades se ejercerán y podrán delegarse de acuerdo con lo que fije el reglamento de estaLey, salvo lo relativo a la Asamblea Nacional la cual se regirá por sus disposiciones internas. SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 5 de la Ley de Publicaciones Oficiales,imprimase a continuación en un sólo texto la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, reformada y publicada en Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela Nº 39.465 defecha 14 de julio de 2010, con la reforma aquí dictada y en el correspondiente texto único manténganse las firmas originales de sanción legislativa y sustitúyase las firmas, fechas y demás datos depromulgación.
Dada y firmada y sella da en el Palacio Federal Legislativo sede de la Asamblea Nacional, en Caracas, a los días del mes de de 2010. Año 199° de la Independencia y 151° de la Federación....
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