leyes

Páginas: 31 (7652 palabras) Publicado: 28 de enero de 2014
Servicio de Declaraciones y
Pagos (Pago referenciado)
Preguntas y respuestas
Personas Físicas
Servicio de Administración Tributaria │ Av. Hidalgo, núm. 77, col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc, México, D. F.,
c. p. 06300 │ Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ documento disponible en www.sat.gob.mx

ÍNDICE

PREGUNTAS

Generalidades
Periodo de transición
En línea y fuera de líneaComplementarias
Reimpresión de acuse y consulta de la declaración
Pago ante institución bancaria
Devoluciones y compensaciones
Cuestiones informáticas

Servicio de Administración Tributaria │ Av. Hidalgo, núm. 77, col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc, México, D. F.,
c. p. 06300 │ Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ documento disponible en www.sat.gob.mx

(1-19)
(20–21)
(22-28)
(29-39)
(40-41)(42-48)
(49-57)
(58-65)

PREGUNTA

RESPUESTA

FUNDAMENTO

Generalidades
1. ¿Qué es el servicio de Declaraciones y Es un servicio para presentar pagos provisionales o definitivos del ISR,
Pagos?
IETU, IVA o IEPS, incluyendo retenciones, a través de medios y formatos
electrónicos, incluyendo complementarias, extemporáneas y de
corrección fiscal, por medio del portal de internet delSAT.

Artículos 20, séptimo párrafo;
31, primer párrafo del CFF, 53
del RCFF y regla II.2.8.5.1. de la
RMF 2013 publicada en el DOF
el 28 de diciembre de 2012.
2. ¿Qué personas físicas están obligadas a Están obligados a utilizar el servicio de Declaraciones y Pagos los Artículos 20, séptimo párrafo;
utilizar el servicio de Declaraciones y contribuyentes que se den a conocer conforme alcalendario que se 31, primer párrafo del CFF, 53
Pagos?
publique en el portal de internet del SAT.
del RCFF y regla II.2.8.5.1. de la
RMF 2013 publicada en el DOF
Personas físicas
el 28 de diciembre de 2012.
Aviso importante
A partir de noviembre, las personas físicas que en el último ejercicio
fiscal declarado manifestaron ingresos totales superiores a 250,000
pesos, deben utilizar elServicio de Declaraciones y Pagos para presentar
los pagos provisionales y definitivos correspondientes a octubre de 2012 y
subsecuentes.
Desde septiembre, las personas físicas que en el último ejercicio fiscal
declarado hayan manifestado ingresos totales o superiores a un millón
de pesos, deben utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos para
presentar los pagos provisionales y definitivoscorrespondientes a agosto
2012 y subsecuentes.

Servicio de Administración Tributaria │ Av. Hidalgo, núm. 77, col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc, México, D. F., c. p. 06300
Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ documento disponible en www.sat.gob.mx

PREGUNTA

RESPUESTA

FUNDAMENTO

Opcionalmente, todas las personas físicas que no se encuentren
obligadas, pueden optar por presentar susdeclaraciones con este
servicio. Se entenderá que se ejerce la opción señalada a partir del primer
pago que se efectúe a través del Servicio de Declaraciones y Pagos.
Quienes ejerzan la opción indicada no podrán variarla durante el
ejercicio fiscal.
Se le invita a verificar con su Contraseña (antes CIEC) su acceso al
servicio en Mi portal: Pago referenciado. Si aún no cuenta con su
Contraseñaobténgala
lo
más
pronto
posible.
(
1.66 mB) Bitácora de información necesaria para elaborar las
declaraciones mensuales y la Declaración Anual.
Ver preguntas y respuestas, videos, guías, tips y más
3. ¿Cómo puedo ingresar al servicio?

A través del portal de internet del SAT (www.sat.gob.mx) / Mi portal / Artículos 20, séptimo párrafo;
Pago referenciado / deberá proporcionar su RFC yContraseña:
31, primer párrafo del CFF, 53
del RCFF y regla II.2.8.5.1. de la
RMF 2013 publicada en el DOF
el 28 de diciembre de 2012.

Servicio de Administración Tributaria │ Av. Hidalgo, núm. 77, col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc, México, D. F., c. p. 06300
Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ documento disponible en www.sat.gob.mx

PREGUNTA

RESPUESTA

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