leyes
comunal, elaborarán los proyectos socioproductivos, con base a las
potencialidades de su comunidad, impulsando lapropiedad social, orientados a la
satisfacción de las necesidades colectivas y vinculados al plan comunitario de
desarrollo integral.
Artículo 1
Esta Ley tiene por objeto establecer las disposiciones ylos principios rectores para la gestión del
ambiente, en el marco del desarrollo sustentable como derecho y deber fundamental del Estado y
de la sociedad, para contribuir a la seguridad y al logrodel máximo bienestar de la población y al
sostenimiento del planeta, en interés de la humanidad.
De igual forma, establece las normas que desarrollan las garantías y derechos constitucionales a
unambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado.
Artículo 17
Los estados y municipios podrán desarrollar normas ambientales estadales o locales, según sea el
caso, en las materias de sucompetencia exclusiva, asignadas por la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela y las leyes; con base en las disposiciones establecidas en la presente
Ley y atendiendo a los principios deinterdependencia, coordinación, cooperación,
corresponsabilidad y subsidiariedad y a las particulares características ambientales de cada región.
Artículo 21
A los fines de la presente Ley, además dela Autoridad Nacional Ambiental, intervienen en la
defensa un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado, la Procuraduría General de la
República, el Ministerio Público, la Defensoría delPueblo, la Fuerza Armada Nacional, así como los
demás órganos y entes nacionales, estadales y municipales con competencia en la materia,
conforme a las normas que rijan su funcionamiento y de acuerdocon las disposiciones
establecidas en esta Ley y las que la desarrollen.
Artículo 24
La planificación del ambiente forma parte del proceso de desarrollo sustentable del país. Todos los
planes,...
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