Lineade tiempo
Tipo Version Inicio Vigencia URL LEY NÚM. 20.456
:Ley 20456 :29-07-2010 :23-07-2010 :MINISTERIO DE HACIENDA :MODIFICA EL PLAZOPARA EL REINTEGRO PARCIAL POR CONCEPTO DEL IMPUESTO ESPECÍFICO AL PETRÓLEO DIESEL PARA LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE DE CARGA, ESTABLECIDO EN LA LEY N° 19.764 :Unica De : 29-07-2010 :29-07-2010:http://www.leychile.cl/N?i=1015723&f=2010-07-29&p=
MODIFICA EL PLAZO PARA EL REINTEGRO PARCIAL POR CONCEPTO DEL IMPUESTO ESPECÍFICO AL PETRÓLEO DIESEL PARA LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE DE CARGA, ESTABLECIDOEN LA LEY N° 19.764 Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente, Proyecto de ley:
"Artículo único.- Excepcionalmente, durante el período comprendido entre el 1de julio del año 2010 y el 30 de noviembre del año 2011, ambas fechas inclusive, el porcentaje a que se refiere el inciso segundo del artículo 2° de la ley Nº 19.764, será el que resulte de laaplicación de la escala siguiente, en función de los ingresos anuales del contribuyente durante el año calendario inmediatamente anterior: a) 63% para los contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sidoiguales o inferiores a 18.600 UTM. b) 39% para los contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido superiores a 18.600 y no excedan de 42.500 UTM. c) 29,65% para los contribuyentes cuyos ingresos anualessean superiores a 42.500 UTM. Tratándose de contribuyentes que al momento de acogerse a este beneficio no tuvieren ingresos por el período de 12 meses inmediatamente anterior al mes en que se impetreel beneficio, se considerará que los ingresos anuales corresponden a la suma de los ingresos acumulados, según su proyección a doce meses, para lo cual los ingresos obtenidos en el o los mesesrespectivos deberán dividirse por el número de meses en que hubiere registrado ingresos efectivos y multiplicarse por 12. En el momento en que el contribuyente ya haya completado sus primeros 12 meses de...
Regístrate para leer el documento completo.