Los cuatros acuerdos
REGLAMENTO DERECHO DE TACHA, UNIVERSIDAD DE LOJA. FALTAS DE PROFESORES UNIVERSITARIOS
SEGUNDO: El recurrente funda su recurso en la causal primera del artículo 3 de la Leyde Casación y aduce, en concreto, falta de aplicación del Art. 165 del Estatuto Orgánico de la Universidad de Loja y errónea interpretación del Art. 4, literal a) del Reglamento de el Derecho deTacha. Estas disposiciones, en su orden, dicen lo siguiente:
“Art. 165.- Son faltas de los profesores universitarios: 1) Inobservancia de la Ley, Estatutos y Reglamentos, 2) No acatamiento a lasdisposiciones legales, emanadas de las autoridades universitarias; 3) Negarse a votar en los Procesos Electorales Universitarios; 4) Negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones; 5) Inasistenciainjustificada a las sesiones, exámenes o reuniones a las que fueren convocados; 6) Inasistencia injustificada a sus labores; 7) Lesiones a la dignidad de las autoridades universitarias; y, 8) Improbidad oinmoralidad debidamente comprobadas.”;
“Art. 4.- En la solicitud se indicará de una manera clara, precisa y minuciosa los motivos en que se funda, los cuales no podrán ser otros que los siguientes: a.Incumplimiento de los deberes estatutarios y reglamentarios del profesor; b. Deficiencia en el cumplimiento de sus obligaciones por falta de versación científica o incapacidad pedagógica; c. Falta depresentación de programas analíticos y su bibliografía correspondiente en las asignaturas a su cargo, conforme a los Reglamentos de cada Facultad o Escuela; d. Falta de probidad en el ejercicio de lacátedra; y, e. Inasistencia injustificada que exceda del veinte por ciento a las clases, labores docentes, actos adicionales a la Universidad, a los cuales estuviese obligado a concurrir así como a lasjuntas y reuniones de los organismos a los que pertenezca.”.
La solicitud de los estudiantes que dio origen al proceso administrativo en contra del recurrente, dice que el profesor aludido ha...
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